ACTUALIZA EL LISTADO CONTENIDO EN LA RESOLUCIÓN Nº 6.015 EXENTA, DE 2019, DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN, ORDENA LAS RELIQUIDACIONES QUE INDICA Y DEJA SIN EFECTO LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE SEÑALA
Núm. 10.417 exenta.- Santiago, 1 de septiembre de 2025.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, ley orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 20.903, que crea el Sistema de Desarrollo Profesional Docente; en la ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 19.070, que aprobó el Estatuto de los profesionales de la educación y de las leyes que la complementan y modifican; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1996, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales; en el decreto ley Nº 3.166, de 1980, del Ministerio de Educación Pública, que autoriza entrega de la administración de determinados establecimientos de educación técnico-profesional a las instituciones o a las personas jurídicas que indica; en el decreto Nº 106, de 2019, del Ministerio de Educación, que aprueba el reglamento que regula el procedimiento de acreditación de la experiencia profesional de los profesionales de la educación, para el cálculo y pago de las asignaciones que señala y deroga el decreto Nº 264, de 1991, del Ministerio de Educación; en la resolución exenta Nº 6.015, de 2019, modificada por las resoluciones exentas Nº 5.133, de 2020, Nº 1.775, Nº 4.898, Nº 5.918 y Nº 5.919, todas de 2021; Nº 3.248, de 2022, y Nº 1.771, de 2024, todas de la Subsecretaría de Educación; en el ordinario Nº 10/552, de 2024, de la Jefa del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas; en la minuta Nº 65, de 2024, del Coordinador del Área de Carrera Docente del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, y
Considerando:
1º Que, la ley Nº 20.903, creó un Sistema de Desarrollo Profesional Docente, aplicable a los profesionales de la educación que se desempeñen en los establecimientos educacionales regidos por el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, regulados por el decreto ley Nº 3.166, de 1980, y a los que ocupan cargos directivos y técnicos-pedagógicos en los Departamentos de Administración Educacional de cada municipalidad, o de las corporaciones educacionales creadas por éstas;
2º Que, el numeral 2) del artículo 1º de la ley Nº 21.152, que mejora el ingreso de docentes directivos al Sistema de Desarrollo Profesional Docente, modificó el artículo decimosexto transitorio de la ley Nº 20.903, permitiendo asignar tramo avanzado a los profesionales de la educación que, al 1º de diciembre de 2018 se desempeñaban como directores de establecimientos educacionales, jefes de educación de las corporaciones municipales o de Departamentos de Administración de Educación Municipal;
3º Que, mediante la resolución exenta Nº 6.015, de 2019, modificada por las resoluciones Nº 5.133, de 2020, Nº 1.775, Nº 4.898, Nº 5.918 y Nº 5.919, todas de 2021; Nº 3.248, de 2022, y Nº 1.771, de 2024, todas de la Subsecretaría de Educación, se dio cumplimiento a lo indicado en el considerando precedente;
4º Que, las resoluciones exentas Nº 5.918 y Nº 5.919 proceden a invalidar parcialmente la resolución exenta Nº 6.015, de 2019, en cuanto se refiere a profesionales que fueron beneficiados por la aludida resolución sin cumplir los requisitos para ello debido a un error de derecho, por lo que se procedió a invalidar sus efectos parcialmente en conformidad a lo dispuesto en el artículo 53 de la ley Nº 19.880, por lo que el presente acto administrativo no modificará lo dispuesto en dichas resoluciones;
5º Que, a través del Ord. Nº 10/552, de 2024, el Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas solicitó asignar tramo avanzado de conformidad a lo dispuesto en el considerando segundo, a 67 profesionales de la educación que al 1º de diciembre se desempeñaban como directores de establecimiento educacional y que remitieron sus antecedentes mediante correo electrónico;
6º Que, las modificaciones a la resolución exenta Nº 6.015, de 2019, de la Subsecretaría de Educación, se encuentran incluidas en el presente acto administrativo, incorporándose, además, la modificación de los tramos de los 67 profesionales de la educación referidos;
7º Que, en virtud de lo dispuesto en los considerandos anteriores, se procederá a modificar el listado a que hace referencia el artículo 1º de la resolución exenta Nº 6.015, de 2019, modificada por las resoluciones exentas Nº 5.133, de 2020, Nº 1.775, Nº 4.898, Nº 5.918 y Nº 5.919, todas de 2021; Nº 3.248, de 2022, y Nº 1.771, de 2024, todas de la Subsecretaría de Educación, ordenándose las reliquidaciones que correspondan de conformidad a la ley, respecto de aquellas remuneraciones del Sistema en que el tramo asignado tiene injerencia;
8º Que, por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo.
Resuelvo:
Artículo primero: Actualízase el listado contenido en el artículo primero de la resolución exenta Nº 6.015, de 2019, de la Subsecretaría de Educación, reemplazándose el listado a que se refiere el artículo primero por la nómina contenida en el archivo con firma electrónica avanzada de la jefa del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, bajo el nombre del archivo PDF "241105_DirectoresLey21152_202410 FIRMADA", almacenado en el pendrive adjunto, caratulado "Modificación Rex 6.015/2019 Asimilación Directores", el que se entiende formar parte integrante del presente acto administrativo.
Artículo segundo: Efectúense las reliquidaciones que correspondan de conformidad a la ley considerando el nuevo tramo asignado a los 67 profesionales de la educación individualizados en el Ord. Nº 10/552, de 2024, del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, y que fueron agregados al listado contenido en el archivo PDF "241105_DirectoresLey21152_202410 FIRMADA", almacenado en el pendrive adjunto, considerando para este efecto las normas de prescripción del artículo 510, del Código del Trabajo, aplicable en la especie en virtud del artículo 3º del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación.
Artículo tercero: Déjese sin efecto, las resoluciones Nº 5.133, de 2020, Nº 1.775, Nº 4.898, de 2021, Nº 3.248, de 2022, y Nº 1.771, de 2024, todas de la Subsecretaría de Educación.
Artículo cuarto: Resguárdese la información del archivo de formato portátil con firma electrónica avanzada, almacenada en el pendrive, caratulado "Modificación Rex 6.015/2019 Asimilación Directores", por el Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, con el objeto de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en la ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada.
Artículo quinto: Publíquese el presente acto administrativo íntegramente en el Diario Oficial, e infórmese de sus resultados a los docentes que se encuentren incluidos en el archivo PDF denominado "241105_DirectoresLey21152_202410 FIRMADA".
Anótese y publíquese.- Alejandra Arratia Martínez, Subsecretaria de Educación.