1. Reemplácese en el numeral 3 del decreto supremo del Ministerio de Hacienda Nº 473, de 2023, la frase: "El Organismo Ejecutor del Programa será el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, a través de su División de Gobierno Digital", por la siguiente nueva: "El Organismo Ejecutor del Programa será la Secretaría de Gobierno Digital, dependiente de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda".
Asimismo, reemplácese en el numeral 5, la frase: "El servicio de la deuda y otros gastos que se deriven de la implementación del préstamo serán efectuados por la Tesorería General de la República, con cargo a los recursos que anualmente se consulten para estos efectos en el Presupuesto consignado en la Partida 22, Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, Capítulo 01, Secretaría General de la Presidencia de la República, Programa 04, Gobierno Digital", por la siguiente nueva: "El servicio de la deuda y otros gastos que se deriven de la implementación del préstamo serán efectuados por la Tesorería General de la República, con cargo a los recursos que anualmente se consulten para estos efectos en el Presupuesto consignado en la Partida 08, Ministerio de Hacienda, Capítulo 01, Secretaría y Administración General, Programa 12, Secretaría de Gobierno Digital".