1º.- Modifícase el decreto supremo Nº 69, de 2024, del Ministerio de Energía, que otorgó a la empresa PFV Cormorán SpA, concesión eléctrica definitiva para establecer una línea de transmisión de energía eléctrica denominada "Línea de Interconexión 1x23kV PFV Cormorán", en la Región del Maule, provincia de Talca, comuna de Constitución, reemplazando el tenor del párrafo primero del artículo 11º por el siguiente:
   
    "Artículo 11º.- El plazo de construcción de las obras tendrá una duración de 6 meses, contados desde el inicio de los trabajos hasta su terminación. Dicho plazo comenzará a transcurrir cumplidos once (11) meses desde la publicación en el Diario Oficial del presente decreto, sin perjuicio que estos trabajos podrán iniciarse con anterioridad a dicha fecha, en el evento de contar con todas las autorizaciones y derechos que lo habiliten para ello. Los plazos por etapas y secciones son los siguientes:"
   
    2º.- Déjase presente que en todo lo no modificado expresamente por el presente acto administrativo, seguirán vigentes todas y cada una de las disposiciones del decreto supremo Nº 69, de 2024, del Ministerio de Energía.