APRUEBA MODIFICACIÓN VÍA ENMIENDA A LA ORDENANZA LOCAL DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE CURICÓ
Núm. 3.445 exento.- Curicó, 25 de agosto de 2025.
Vistos:
a) La resolución afecta Nº 21 de 5 de febrero de 2010 del Gobierno Regional del Maule, publicada en el Diario Oficial con fecha 2 de agosto de 2011, que promulgó el Plan Regulador de Curicó.
b) Lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y lo dispuesto en los artículo 2.1.11 y 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, referentes a la tramitación de enmiendas y Planes Reguladores Comunales.
c) El Dictamen Contraloría General de la República Nº 10.084-2020, de fecha 17 de junio de 2020, aprueba la posibilidad de desarrollar en forma remota las etapas de participación ciudadana contempladas en los procedimientos de aprobación y modificación de instrumentos de planificación territorial, en el contexto de la actual emergencia sanitaria COVID 19.
d) El decreto exento Nº 4.546 de fecha 29 de diciembre del 2020, que aprueba la Modificación a la Ordenanza de Participación Ciudadana, incorporando la modalidad de audiencias públicas por vía remota o plataforma virtual.
e) El Acuerdo del Honorable Concejo Municipal de Curicó Nº 327-2022, adoptado en sesión ordinaria de fecha 6 de diciembre del año 2022, que autoriza el inicio de tramitación de la Enmienda Nº 3 del Plan Regulador Comunal de Curicó vigente.
f) El decreto exento Nº 6.260 de fecha 7 de diciembre del 2022, que aprueba el inicio de tramitación de la Enmienda Nº 3 del Plan Regulador Comunal de Curicó vigente.
g) Las cartas certificadas informativas dirigidas a las organizaciones territoriales legalmente constituidas vigentes, de fecha 15 de junio del 2023.
h) Providencia de Secretario Municipal de fecha 3 de julio del 2023 en respuesta oficio Ord. Nº 120 de fecha 13 de junio del 2023 del SECPLAC, indicado que el Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil (COSOC) no se encuentra vigente, para inicio de enmienda Nº 2 del Plan Regulador Comunal de Curicó.
i) Los avisos de prensa efectuados en el diario La Prensa de Curicó, los días 16 y 20 de junio del 2023, informando del proceso de la enmienda Nº 3 del Plan Regulador Comunal vigente.
j) La entrega gratuita a interesados de memoria explicativa de la enmienda Nº 3 del Plan Regulador Comunal de Curicó, iniciada el día 16 de junio de 2023, en dependencia de la SECPLAC, certificado por el Secretario Municipal, con fecha 16 de junio 2023.
k) El Certificado del Secretario Municipal, de fecha junio del 2023 que certifica la publicación del aviso de prensa en las fechas del 16 y 20 de junio del 2023.
l) La Audiencia Pública informativa realizada con fecha 22 de junio del 2023, realizada vía plataforma virtual, donde se explica el proceso de enmienda, contexto y definición de enmienda, situación actual, situación propuesta y cronograma de actividades, certificado por el Secretario Municipal (S) con fecha 23 de junio del 2023.
m) La Exposición por 30 días del proyecto enmienda Nº 3 del Plan Regulador Comunal de Curicó, desde el 23 de junio hasta el 24 de julio del 2021, en el Hall Corporación Cultural de Curicó y página web del municipio, certificado por el Secretario Municipal.
n) Los avisos de prensa efectuados en el diario La Prensa de Curicó, los días 27 y 31 de julio del 2023, convocando segunda audiencia pública de la enmienda Nº 3 del Plan Regulador Comunal vigente.
o) El Certificado del Secretario Municipal, de fecha agosto del 2023, que certifica la publicación del aviso de prensa en las fechas del 27 y 31 de julio del 2023.
p) La Segunda Audiencia pública informativa de la enmienda Nº 3 del Plan Regulador Comunal de Curicó, realizada con fecha 4 de agosto del 2023, realizada de forma presencial, certificado por el Secretario Municipal con fecha 7 de agosto del 2023.
q) El Memo Nº 14 del Secretario Municipal, de fecha 28 de agosto del 2023, que hace devolución del libro foliado y de correspondencia que durante el periodo de recepción de consultas del proyecto de enmienda Nº 3 del Plan Regulador Comunal de Curicó, comprendido entre los días 4 y 18 de agosto del 2023, sin observaciones fundadas en la oficina de partes y página web del municipio.
r) El Certificado del Secretario Municipal, de fecha 28 de agosto del 2023, que certifica que durante el periodo de recepción de consultas del proyecto de enmienda Nº 3 del Plan Regulador Comunal de Curicó, comprendido entre los días 4 y 18 de agosto del 2023, no se ingresaron observaciones en la oficina de partes y página web del municipio.
s) El Acuerdo Nº 263-2023 adoptado por el Honorable Concejo Municipal, sesión extraordinaria de fecha 13 de septiembre del 2023, que rechaza por unanimidad el proyecto de Enmienda Nº 3 del Plan Regulador Comunal.
t) El decreto exento Nº 478 de fecha 4 de octubre del 2023, que rechaza el proyecto de la Enmienda Nº 3 del Plan Regulador Comunal de Curicó vigente.
u) El Acuerdo Nº 142-2025 adoptado por el Honorable Concejo Municipal, sesión ordinaria de fecha 12 de agosto del 2025, que revoca por unanimidad el Acuerdo Nº 263-2023 de fecha 13 de septiembre del 2023 y el decreto exento Nº 478 de fecha 4 de octubre del 2023, sobre rechazo del proyecto de Enmienda Nº 3 del Plan Regulador Comunal.
v) El Acuerdo Nº 143-2025 adoptado por el Honorable Concejo Municipal, sesión ordinaria de fecha 12 de agosto del 2025, que aprueba por unanimidad el proyecto de Enmienda Nº 3 del Plan Regulador Comunal.
w) Las facultades conferidas por la Ley Nº 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
Que se ha cumplido con todos los pasos administrativos para la aprobación de la Enmienda Nº 3 al Plan Regulador Comunal de Curicó, según lo señalado en el artículo 45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y lo reglamentado en los artículos 2.1.11 y 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Decreto:
Primero: Apruébese la siguiente modificación vía Enmienda a la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Curicó, promulgado por resolución afecta Nº 21 de 5 de febrero de 2010, del Gobierno Regional del Maule, publicada en el Diario Oficial con fecha 2 de agosto de 2011, según disposiciones aprobadas por el Honorable Concejo Municipal en sesión ordinaria de fecha 28 de febrero de 2022, cuyo texto corresponde al siguiente:
Enmienda Nº 3:
Modifíquese el artículo 4.1.3 Usos de Suelo y Normas Específicas, en el Título IV Zonificación, Usos de Suelo y Normas Específicas de la Ordenanza Local, incorporando la disminución a 3,0 metros los antejardines exigidos para uso de suelo residencial por el Plan Regulador Comunal, para parte de la Zona Urbana Residencial 10 (ZU 10), en cuanto al ítem Normas de Subdivisión y Edificación por Usos, los parámetros que se detallan:
ZU-10b ZONA RESIDENCIAL 10b

Dicha modificación se aplica solo a los polígonos que son parte de la Zona Urbana Residencial 10 (ZU 10) conformados por los siguientes vértices:
Zona Urbana Residencial 10b (ZU 10b): al Norte con el eje de Calle Proyectada Nº 21, Oriente con el eje de Avenida Ángel Lago, Sur con el eje de la Calle Proyectada Nº 22 y Poniente con intersección de los ejes de las Calles Proyectadas Nº 21 y Nº 22, cuyos vértices están definidos por el polígono A-B-C-D-E-F-G-A del plano denominado "Plano Enmienda Nº 3 Plan Regulador Comunal Curicó", según el sistema de coordenadas WGS 84 UTM Zona 19 Sur, el cual se detalla en el siguiente cuadro:
Vértice X Y
A 296524,25 6125051,92
B 296782,85 6125405,71
C 297048,95 6125454,66
D 297421,96 6125703,70
E 297520,02 6125645,10
F 298164,63 6125593,47
G 298101,61 6125425,00
Segundo: Déjase establecido que en el resto de los polígonos no señalados continúan vigentes los parámetros indicados en el texto original del Plan Regulador Comunal de Curicó.
Tercero: Publíquese en el Diario Oficial, en la página web de la Ilustre Municipalidad de Curicó, y en la plataforma de Transparencia.
Cuarto: Encomiéndase a la Secretaria Comunal de Planificación, realizar y coordinar todos los trámites administrativos necesarios para dar cumplimiento al presente decreto alcaldicio.
Anótese y comuníquese.- George Borcachar Sotomayor, Alcalde de Curicó.- Juan Rafael González Vásquez, Secretario Municipal.