FIJA TARIFAS PARA EL SERVICIO CARTA CORREOS, CARTA NORMAL INTERNACIONAL, PAQUETE DOMICILIO, PAQUETE SUCURSAL, PEQUEÑO PAQUETE INTERNACIONAL, COURIER INTERNACIONAL DE SALIDA DE CORREOS DE CHILE, ENCOMIENDA INTERNACIONAL, EMS Y LOS SERVICIOS ADICIONALES QUE SE SEÑALAN, TODOS DEL MERCADO PERSONA, DE LA EMPRESA DE CORREOS DE CHILE
Núm. 66 exenta.- Santiago, 22 de septiembre de 2025.
Vistos y considerando:
El DFL Nº 10 de 1981 y el artículo 5º del decreto Nº 642 de 2004, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones; el Acuerdo Nº 94/2025, del Directorio de la Empresa de Correos de Chile, adoptados en la Sesión Octava Ordinaria, de fecha 27 de agosto de 2025; la resolución Nº 36 de 2024, de Contraloría General de la República; y en uso de las facultades que me confiere la resolución exenta Nº 91 de 2019 y la resolución exenta Nº 20 de 2025, ambas de la Empresa de Correos de Chile, dicto la siguiente:
Resolución:
I. Modifíquese la estructura tarifaria y fíjense las siguientes tarifas para el Servicio Carta Correos, Carta Normal Internacional, Paquete Domicilio, Paquete Sucursal, Pequeño Paquete Internacional, Courier Internacional de Salida de Correos de Chile, Encomienda Internacional, EMS y los servicios adicionales que se señalan, todos del mercado persona, de la Empresa de Correos de Chile:
a) Carta Correos:

b) Carta Normal Internacional:


c) Paquete Domicilio: corresponde a aquellos paquetes, bultos o cajas con peso no superior a 50 kilos físicos y 250 volumétricos, cuya medida (la suma de sus lados) no puede ser mayor a 3 metros, para destinos terrestres y para destinos aéreos, la dimensión máxima por lado no debe superar 1 metro.

Servicio Adicional Alternativo EXPRESS

d) Paquete Sucursal: corresponde a aquellos paquetes, bultos o cajas con peso no superior a 50 kilos físicos y 250 volumétricos, cuya medida (la suma de sus lados) no puede ser mayor a 3 metros.

Servicio Adicional Alternativo EXPRESS

e) Pequeño Paquete Internacional

f) Courier Internacional de Salida de Correos de Chile
* Courier Documentos: corresponde a aquellos envíos cuyo embalaje es de material flexible, papel o plástico, de dimensiones menores y regulares en largo y ancho, que contiene documentación en su interior, con peso máximo de 2 kilos.

* Courier Paquetes y Muestras: corresponde a aquellos paquetes, bultos o cajas, con peso no superior a 30 kilos físicos y 200 volumétricos, cuya medida (la suma de sus lados) no puede ser mayor a 3 metros.


g) Encomienda Internacional:

h) EMS:


II. Fíjense las tarifas de los siguientes servicios adicionales, nacionales e internacionales.


III. Deróguese, en lo pertinente, la resolución exenta Nº 90 de 2023 y deróguese la resolución exenta Nº 104 de 2024, ambas de la Empresa de Correos de Chile.
IV. Las tarifas aprobadas por la presente resolución exenta se encuentran exentas de IVA, y comenzarán a regir a contar del día de publicación de la presente resolución, en el Diario Oficial.
NOTA
Los Nºs I y II de la Resolución 76 Exenta, Correos, publicada el 03.11.2025, modifican la presente norma, respectivamente, en el sentido de fijar las tarifas que indica en tabla inserta para el servicio EMS del mercado personas, de la Empresa de Correos de Chile, y deroga en lo pertinente esta resolución.
Los Nºs I y II de la Resolución 76 Exenta, Correos, publicada el 03.11.2025, modifican la presente norma, respectivamente, en el sentido de fijar las tarifas que indica en tabla inserta para el servicio EMS del mercado personas, de la Empresa de Correos de Chile, y deroga en lo pertinente esta resolución.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Ignacio Liberman Yaconi, Gerente General (I), Empresa de Correos de Chile.