Artículo 2.- Increméntase la planta del Ministerio Público, contenida en el artículo 72 de la ley Nº 19.640, orgánica constitucional del Ministerio Público, creándose, en la planta de personal, noventa y siete nuevos cargos, en los términos y la cantidad que a continuación se indica:
a) Para el cargo de Fiscal Adjunto, increméntase el número de cargo en 34.
b) Para el cargo de Profesionales, increméntase el número de cargo en 43.
c) Para el cargo de Técnicos, increméntase el número de cargo en 14.
d) Para el cargo de Administrativos, increméntase el número de cargo en 6.