Artículo 16.  Requisito eResolución 581 EXENTA,
SEGURIDAD
Art. PRIMERO N° 4
D.O. 10.02.2026
special de los conductores de vehículos de acompañamiento. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, los conductores de los vehículos de acompañamiento de carga sobredimensionada y/o con sobrepeso deberán contar con los siguientes requisitos especiales:
 
    1. Estar en posesión de licencia de conductor clase no-profesional B vigente o con alguna de las clases de licencia profesional que se encuentren vigentes.
    2. Aprobar, en caso de contar con licencia clase no-profesional B, un curso especial de manejo a la defensiva, seguridad vial u otra materia afín, impartido por una persona jurídica de derecho público o privado, con o sin fines de lucro, cuyo objeto social corresponda a la dictación de capacitaciones, a la prevención de riesgos de accidentes laborales y enfermedades profesionales u otro objeto social equivalente a la seguridad vial y de tránsito, incluyendo las escuelas de conductores.