Artículo 1º. Objeto y alcance.
    La presente Ordenanza Municipal tiene por finalidad regular la determinación, cobro y recaudación de la tarifa por el servicio domiciliario de aseo, comprendiendo la recolección, transporte y disposición final o intermedia de residuos sólidos domiciliarios, conforme a los lineamientos establecidos en el decreto Nº 2.385, que fija el texto refundido y sistematizado del decreto ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, y el decreto Nº 69, de 2006, del Ministerio de Economía, que aprueba el reglamento que contiene las condiciones generales para la fijación de la tarifa de aseo que las municipalidades cobrarán por el servicio de extracción usual y ordinaria de residuos sólidos domiciliarios.
    Esta ordenanza contiene las condiciones generales mediante las cuales se fijará la tarifa anual por el Servicio, el número de cuotas en que se divide dicho costo, así como las respectivas fechas de vencimiento y los demás aspectos relativos al establecimiento de la tarifa, y las exenciones que proceden.