Artículo 8º. Procedimiento de cálculo.
a. Recolección de datos: Durante el mes de septiembre del año anterior al inicio de un nuevo período tarifario, las unidades municipales competentes reunirán la información necesaria (costos fijos, variables y demanda). Para estos efectos, la Dirección de Administración y Finanzas apoyará a la Dirección de Medio Ambiente en la recolección de la información que requiera esta última para efectuar el cálculo del costo de la tarifa.
b. Publicidad: A más tardar el 12 de septiembre, la Municipalidad deberá publicar la tarifa propuesta mediante aviso en el Diario Oficial o en la página web de la municipalidad respectiva o en un diario regional de entre los tres de mayor circulación de la respectiva comuna.
c. Observaciones de los usuarios: Hasta el 12 de octubre, los usuarios podrán presentar observaciones fundadas a la propuesta.
d. Aprobación: El alcalde presentará la propuesta al Concejo Municipal, a más tardar el 15 de octubre. Una vez aprobada, se publicará la ordenanza respectiva a más tardar el 31 de octubre del año anterior a su entrada en vigencia (1 de enero del año siguiente).