Artículo 20º. Registro y fiscalización.
    La Dirección de Administración y Finanzas mantendrá un registro actualizado de todos los contribuyentes del derecho de aseo. Podrá requerir el apoyo de la Dirección de Medio Ambiente, Inspección Municipal o funcionarios que designe para la fiscalización de excedentes de basura y de la Dirección de Control para supervisar la correcta aplicación de exenciones y rebajas.