Artículo 26º. Determinación del excedente de basura según la frecuencia.
Si una unidad generadora de residuos produce más de 60 litros diarios en promedio, debe pagar por ese excedente. El conjunto de mediciones permitirá establecer el promedio de volumen diario entregado al camión recolector. El excedente de basura o volumen de exceso (VE) y su valor estará expresado en UTM en litros/días/mes en la Ordenanza de Derechos Municipales. Para determinarlo, se realizan n mediciones (un cierto número de días), y se consideran dos casos distintos según la frecuencia de recolección:
a. Frecuencia diaria de recolección:
Fórmula:

* Mi es la cantidad (en litros) de basura medida el día i.
* 60 litros es el umbral sin cobro de excedente.
* n es el total de mediciones efectuadas.
b. Frecuencia día por medio: Fórmula:

* Mi es la cantidad (en litros) medida cada vez que se retira basura día por medio (representa 2 días de basura).
* Se divide entre 2 para obtener un promedio diario y luego se resta 60 litros como umbral sin cobro.
* Finalmente, se suman todos esos excedentes y se dividen entre n mediciones.