Artículo 27º. Cálculo del cobro semestral (Valor Semestral, VS).
    Una vez calculado el Volumen de Exceso (VE), se multiplica por la tarifa correspondiente para obtener el valor que se cobra cada semestre.
   
    Fórmula:
   
   
   
    * VE es el volumen de exceso (en litros/día).
    * F es la tarifa por litro/día/mes (en Unidades Tributarias Mensuales, UTM).
    * UTM es el valor de la UTM en pesos.
    * M es el número de meses de funcionamiento en el año (por ejemplo, 12).
    * Se divide por 2 para que el resultado sea el cobro semestral (no anual).
   
    Para calcular el valor monetario específico de una unidad predial generadora, se multiplicará el volumen de exceso por el valor unitario del litro/día/mes definido en la Ordenanza de Derechos Municipales, expresado en UTM según la categoría tarifaria correspondiente y luego por el valor oficial en pesos (S) equivalente a la UTM del mes anterior al vencimiento, finalmente se multiplicará por el número de meses de funcionamiento en el año (M) y se procederá a dividirlo por dos.