Déjese establecido que el Concejo Municipal ha acordado aprobar las siguientes modificaciones vía Enmienda a la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Talca, promulgado por medio de resolución Nº 342 de fecha 29 de agosto de 2011, del Gobierno Regional de Maule, y modificado por medio de la Primera Enmienda aprobada mediante decreto alcaldicio Nº 3.920 de fecha 24 de agosto de 2016.
   
    I.- CAPÍTULO Nº IV: ZONIFICACIÓN Y NORMAS URBANÍSTICAS:
   
    MODIFICACIÓN:
   
    Modificase las normas urbanísticas del área urbana del Plan Regulador, sólo en el sentido de crear una Sub Zona, en la actual Zona U-7, quedando de la siguiente forma:
   
    * Zona U-7:
   
    a) No se modifican los Usos de Suelo Permitidos y Normas de Subdivisión y Edificación. Se mantiene con sus exigencias originales.
   
    * Sub Zona U-7A:
   
    a) Se incorpora, dentro de los equipamientos permitidos, la clase Seguridad, específicamente las actividades definidas como "Unidades Policiales, Centros de Detención Preventiva, Cuarteles de Bomberos".
    b) Dentro de las normas de subdivisión y edificación, se aumenta el Coeficiente de Ocupación de Suelo, aumenta de 0,3 a 0,4.
ZONA U-7: EQUIPAMIENTO DEPORTIVO RECREACIONAL
SUB ZONA U-7A EQUIPAMIENTO DEPORTIVO RECREACIONAL Y SEGURIDAD
     
    A. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 2.1.11 de la OGUC.
    B. En todo lo no establecido en esta modificación, se mantiene inalterable el texto de la Ordenanza Local del Plan Regulador de Talca, aprobado mediante resolución Nº 342 de fecha 29 de agosto de 2011, del Gobierno Regional del Maule y modificado por medio de la Primera Enmienda aprobada mediante decreto alcaldicio Nº 3.920 de fecha 24 de agosto de 2016.