MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 252, DE 2000, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE ESTABLECE DÍA DEL PATRIMONIO CULTURAL DE CHILE

    Núm. 36.- Santiago, 5 de septiembre de 2025.

    Visto:

    Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº l/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley Nº 17.288 que legisla sobre Monumentos Nacionales; en el decreto supremo  Nº 252, de 2000, del Ministerio de Educación, que deroga decreto Nº 91, de 1999, y establece Día del Patrimonio Cultural de Chile; en el decreto supremo Nº 28, de 2021, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que modifica decreto supremo Nº 252, previamente individualizado; y en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

    Considerando:

    l. Que, mediante decreto supremo Nº 252, de 2000, del Ministerio de Educación, que deroga decreto Nº 91, de 1999, y establece Día del Patrimonio Cultural de Chile, se designó inicialmente el último domingo del mes de mayo de cada año, como el Día del Patrimonio Cultural de Chile.
    2. Que, el decreto supremo Nº 28, de 2021, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que modifica decreto supremo Nº 252 de 2000, del Ministerio de Educación, que establece Día del Patrimonio Cultural de Chile, amplía la celebración, para los últimos días sábado y domingo del mes de mayo de cada año.
    3. Que, respecto de la celebración del año 2025, se reportó un récord histórico en cantidad de visitas, alcanzando un total de 3.557.945, 2.177.471 presenciales y 1.400.474 virtuales, consolidándose el Día de los Patrimonios como una de las fiestas culturales más importantes y convocantes del país. Esta cifra inédita refleja el creciente interés de la ciudadanía por participar y celebrar los patrimonios de Chile.
    4. Que, en relación con las iniciativas desplegadas a lo largo del país, se reportaron 3.232 actividades como efectivamente realizadas, las que abarcaron el 90.8% de las comunas; así la Región Metropolitana convocó a más de 1,2 millones de visitas presenciales, seguido por la Región de Valparaíso, con 272 mil y Antofagasta con 93 mil visitas, lo que reafirma la naturaleza descentralizada e inclusiva de esta celebración.
    5. Que, debido al impacto significativo que esta celebración ha tenido en la ciudadanía, considerando el contexto estival y turístico que potencia a las comunas durante los meses de enero y febrero, se ha estimado necesario dictar el presente decreto supremo.

    Decreto:

    Artículo primero.- Reemplázase el artículo 2º del decreto supremo Nº 252, de 2000, del Ministerio de Educación, que deroga decreto Nº 91, de 1999, y establece el Día del Patrimonio Cultural de Chile, por el siguiente:

    "Artículo 2º.- Establézcase como Día del Patrimonio Cultural de Chile, el último sábado del mes de enero y los últimos días sábado y domingo del mes de mayo de cada año".

    Anótese, tómese razón y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Carolina Arredondo Marzán, Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Carolina Pérez Dattari, Subsecretaria del Patrimonio Cultural.