MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 195 EXENTA (V. Y U.), DE 2025, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011 Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS EN LAS COMUNAS DE LAS REGIONES QUE INDICA Y APRUEBA NÓMINA DE PROYECTOS CALIFICADOS AL 15 DE MAYO DE 2025
   
    Santiago, 16 de octubre de 2025.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 1.568 exenta.
   
    Visto:
   
    a) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    b) La resolución exenta Nº 1.993 (V. y U.), de fecha 27 de diciembre de 2024, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2025 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011;
    c) La resolución exenta Nº 195 (V. y U.), de fecha 5 de febrero de 2025, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las comunas de las regiones que indica;
    d) El ordinario Nº 4744, de fecha 26 de junio de 2025, de la Directora del Serviu de la Región del Biobío;
    e) La resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social para el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    f) La resolución exenta Nº 490 (V. y U.), de fecha 23 de febrero de 2023, que fija regulación para la prestación del servicio de Fiscalización Técnica de Obras, y
   
    Considerando:
   
    a) Que, mediante la resolución señalada en el visto c), se llamó a concurso en condiciones especiales, en todas las comunas de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Libertador General Bernardo O'Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, Araucanía, Los Ríos, Los Lagos, Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, Magallanes y la Antártica Chilena y Metropolitana, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de Postulación Colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos, con fechas de cierre los días 13 de marzo, 24 de abril, 15 de mayo, 10 de julio, 10 de septiembre y 13 de noviembre, todos de 2025.
    b) Que, conforme al procedimiento establecido en el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, corresponde aprobar la selección de las postulaciones calificadas hasta el cierre del día 15 de mayo, en el llamado a que se convocó mediante la resolución exenta indicada en el visto c).
    c) Que, la Región del Biobío solicitó mediante el visto d), de fecha 26 de junio de 2025, se modifique la distribución de montos correspondientes por zona asignados a la región en el llamado año 2025, con el objeto de poder atender proyectos que contribuyan a generar soluciones habitacionales en zona de rezagos y que presentan una menor tasa de atención en el marco del Plan de Emergencia Habitacional.
    d) Que las regiones que participaron del presente cierre, confirmaron mediante correo electrónico los montos de financiamiento de cada uno de los proyectos que se presentaron, según se describe en la siguiente tabla:
   
   
    e) Que, para el presente proceso de selección, los distintos Servicios participantes dieron cumplimiento a lo señalado en el inciso tercero del resuelvo 1. de la resolución citada en el visto c), relativo a presentar acta de calificación condicional o definitiva, según corresponda.
   
    Resolución:

   
    1. Modifícase la resolución exenta Nº 195 (V. y U.), de fecha 5 de febrero de 2025, en el sentido de reemplazar la tabla inserta en su resuelvo 2. por la siguiente:
   
   
    2. Apruébase la siguiente nómina de proyectos seleccionados, con su respectivo financiamiento total, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda en la alternativa de postulación colectiva, para los proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos, en las regiones de Tarapacá, Coquimbo, Valparaíso, O'Higgins, Biobío, Los Ríos, Los Lagos y Metropolitana, correspondiente al proceso de selección cuyo cierre de postulación se verificó el día 15 de mayo de 2025, del llamado efectuado por resolución exenta Nº 195 (V. y U.), de 2025:
   

    El detalle de los recursos comprometidos por concepto de subsidio base y subsidios complementarios para los proyectos seleccionados en el presente resuelvo y que por este acto se asignan, se informa en la nómina que se adjunta como anexo y forma parte integrante de la presente resolución.
    3. El monto del subsidio asignado de conformidad con el cuadro del resuelvo 2. precedente comprende los siguientes valores por concepto de Servicios de Asistencia Técnica, de Labores de Fiscalización Técnica de Obra y Pago de Aranceles al Conservador de Bienes Raíces:
   
   

    En el caso de los Servicios de Asistencia Técnica, dichos montos fueron calculados conforme a la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, y de acuerdo con el número de familias postulantes que se beneficiarán por esta resolución, considerando los recursos para Asistencia Técnica descritos en las tablas insertas en los números 1.1 y 1.2 del numeral 1 del artículo 3º de la citada resolución. Se adiciona además 1,5 UF por familia, considerando lo señalado en el segundo inciso, del número 1.1. del numeral 1 del citado artículo. Este monto también incorpora los incrementos señalados en las letras a), b), c) y d) del numeral 3 del mismo artículo, referidos a Densificación en Altura o Habilitación, Factibilización, Discapacidad, Territorios Especiales y Localidades Aisladas, conforme lo define la referida resolución.
    Mediante resolución del Director del Serviu respectivo, se determinarán los montos definitivos de Asistencia Técnica, cuando corresponda otorgar los incrementos que la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, establece en las letras e), g), h), i), j) y k) del número 3 de su artículo 3º o cuando corresponda aplicar lo señalado en el inciso 2 del número 8 de su artículo 2º.
    Asimismo, en el caso de la Fiscalización Técnica de Obras, y lo señalado en el resuelvo 2. de la resolución exenta Nº 195 (V. y U.), de 2025, fue calculada según mecanismo expresado en la resolución exenta Nº 490 de acuerdo a la totalidad de viviendas de cada proyecto señalado en esta resolución.
    4. Los recursos comprometidos en el resuelvo 2. de la presente resolución, para los proyectos seleccionados en el cierre de postulación efectuado el día 15 de mayo de 2025, del concurso a que se llamó por resolución exenta Nº 195 (V. y U.), de 2025, se resumen en el siguiente cuadro para cada región del país, incluyendo la suma total de familias beneficiadas y las Unidades de Fomento comprometidas, considerando los montos de subsidio de los proyectos, incluidos sus respectivos servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras:Resolución 2070 EXENTA,
VIVIENDA
N° 2
D.O. 09.01.2026
   

    5. Déjase establecido que, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 40 de la ley 18.591, los proyectos habitacionales que por este acto se seleccionan, y que reúnan los requisitos para iniciar obras conforme a las disposiciones reglamentarias aprobadas por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, podrán solicitar anticipos y/o préstamos destinados a financiar la ejecución física de las obras, siempre y cuando las disponibilidades de caja del Servicio de Vivienda y Urbanización respectivo lo permitan.

    Anótese, publíquese y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.