Sexto: Modifícase el decreto supremo Nº 18T, de 2020, del Ministerio de Energía, de acuerdo con lo que a continuación se indica, a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente acto administrativo:
   
    1º En el resuelvo 1º, reemplácese íntegramente la fila Nº9 de la tabla indicada en dicho resuelvo, por la siguiente fila nueva:
   
   
    2º En el resuelvo 3º, reemplácese íntegramente la fila Nº9 de la primera tabla indicada en dicho resuelvo, por la siguiente fila, nueva:
   
   
    3º En el resuelvo 4º, reemplázase el párrafo inmediatamente posterior a la última fórmula de indexación del párrafo primero por el siguiente:
   
    "El V.I. de las obras 'Aumento de Capacidad Línea 2x220 kV Maitencillo - Nueva Maitencillo', 'Ampliación de capacidad de línea 1x66 kV Monterrico - Cocharcas' y 'Ampliación de Capacidad de Línea 1x66 kV Charrúa - Chillán' fijados en los términos establecidos en el presente acto administrativo se reajustarán anualmente en dólares, según la siguiente fórmula de indexación: