Sexto: Modifícase el decreto supremo Nº 18T, de 2020, del Ministerio de Energía, de acuerdo con lo que a continuación se indica, a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente acto administrativo:
1º En el resuelvo 1º, reemplácese íntegramente la fila Nº9 de la tabla indicada en dicho resuelvo, por la siguiente fila nueva:

2º En el resuelvo 3º, reemplácese íntegramente la fila Nº9 de la primera tabla indicada en dicho resuelvo, por la siguiente fila, nueva:

3º En el resuelvo 4º, reemplázase el párrafo inmediatamente posterior a la última fórmula de indexación del párrafo primero por el siguiente:
"El V.I. de las obras 'Aumento de Capacidad Línea 2x220 kV Maitencillo - Nueva Maitencillo', 'Ampliación de capacidad de línea 1x66 kV Monterrico - Cocharcas' y 'Ampliación de Capacidad de Línea 1x66 kV Charrúa - Chillán' fijados en los términos establecidos en el presente acto administrativo se reajustarán anualmente en dólares, según la siguiente fórmula de indexación:

NOTA
El numeral 2 del artículo primero del Decreto 26 Exento, Energía, publicado el 30.01.2026, dispone rectificar en la tabla inserta en el resuelvo sexto del numeral 1º de la presente norma donde dice "55 meses y 29 días" debe decir "56 meses y 30 días".
El numeral 2 del artículo primero del Decreto 26 Exento, Energía, publicado el 30.01.2026, dispone rectificar en la tabla inserta en el resuelvo sexto del numeral 1º de la presente norma donde dice "55 meses y 29 días" debe decir "56 meses y 30 días".