Ley núm. 5,120
CONCEDE PENSIÓN A DOÑAS ROSARIO RIVEROS E HIJOS, CARMELA SUÁREZ E HIJOS Y A LA VIUDA E HIJOS DE DON FRANCISCO RAMÍREZ
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de Ley:
Artículo 1.o Concédese, por el plazo de diez años, a doña Rosario Riveros Martínez, viuda de don Casimiro Barrios, y a sus hijos legítimos; a doña Carmela Suárez, y a sus cinco hijos; y a la viuda e hijos de don Francisco Ramírez, una pensión de quinientos pesos mensuales para cada familia, de la que gozarán con arreglo a la ley de montepío militar.
Art. 2.o Los hijos e hijas de los expresados don Casimiro Barrios, don Miguel Bayón Flores y don Francisco Ramírez, en la educación primaria o secundaria gratuita que reciban del Estado, quedan exentos del pago de los derechos y gastos de matrículas, exámenes y títulos, u otros desembolsos de cualquiera clase existentes, o que en adelante se establezcan y que graven a los educandos.
Art. 3.o Esta pensión se pagará a contar desde la publicación de la presente ley imputándose el gasto durante el presente año al ítem de pensiones del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a doce de Mayo de mil noveciento treinta y dos.- JUAN E. MONTERO.- Luis Izquierdo.