Artículo 7.- De la organización interna. La Dirección Nacional del Servicio se organizará funcionalmente en cuatro subdirecciones: Subdirección de Defensoría de Víctimas, Subdirección de Líneas de Acción y Programas, Subdirección de Mecanismos Colaborativos de Resolución de Conflictos y Subdirección de Operaciones. Sus jefaturas estarán adscritas al segundo nivel jerárquico del Sistema de Alta Dirección Pública establecido en la ley N° 19.882.
Existirán, además, un Departamento de Auditoría y Control y un Departamento Jurídico y Fiscalía, dependientes directamente del Director o Directora Nacional. Cada subdirección deberá contar con lineamientos operativos y un plan de acción elaborado conforme a los estándares señalados en el artículo 35.