Artículo 2.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el inciso segundo del artículo 11 del decreto ley N° 2.222, de 1978, que sustituye la Ley de Navegación:
1. Elimínase en la letra a) la frase "; que su presidente, gerente y mayoría de directores o administradores, según el caso, sean chilenos; y que la mayoría del capital social pertenezca a personas naturales o jurídicas chilenas".
2. Elimínase en la letra b) la frase "que sus administradores, en su caso, sean chilenos;".
3. Elimínase la letra c).