Artículo 3.- De la distribución de cupos por año. Podrán acceder a la bonificación establecida en los artículos precedentes hasta un máximo de trescientos beneficiarios, de conformidad con los cupos anuales que se indican para los años siguientes:
Año Cupos
2025 100
2026 130
2027 70
El número de cupos será distribuido entre las distintas promociones de egreso de la respectiva escuela a las que se encuentren adscritos los funcionarios beneficiarios de cada año. Dicha distribución se hará de manera proporcional al tamaño de cada promoción al 31 de diciembre del año precedente al de la asignación de los cupos.