MODIFICA LA FECHA DE CIERRE DEL LLAMADO RURAL REGULADO POR RESOLUCIÓN N° 684 EXENTA, DE FECHA 23 DE JULIO DE 2025, QUE APROBÓ EL LLAMADO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL TÍTULO II, EN LA MODALIDAD DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA NUEVA, CON PROYECTO DESARROLLADO, DEL PROGRAMA DE HABITABILIDAD RURAL, REGULADO POR EL DS N° 10 (V. Y U.) DE 2015, Y SUS MODIFICACIONES, A LA REGIÓN DE COQUIMBO, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL O COLECTIVA
   
    La Serena, 7 de noviembre de 2025.- Con esta fecha se ha dictado lo siguiente:
    Núm. 1.180 exenta.

    Vistos:

    a) La ley N° 16.391, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    b) El decreto ley N° 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    c) La Ley N° 18.575 Orgánica constitucional de bases de la Administración del Estado.
    d) La ley de 19.880 de bases generales de procedimientos administrativos.
    e) La resolución exenta N° 684 de fecha 23 de julio de 2025 de la Seremi Minvu Región de Coquimbo, que aprobó el llamado de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del título II, en la modalidad de construcción de vivienda nueva, con proyecto desarrollado, del Programa de Habitabilidad Rural, regulado por el DS N° 10 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, a la Región de Coquimbo, en la alternativa de postulación individual o colectiva.
    f) El correo electrónico de fecha 6 de noviembre de la jefa del depto. de OO.HH. del Serviu, solicitando modificar fecha de cierre de llamado regional rural regido por resolución exenta 684/2025, en resuelvo 3 donde indica cierre al 14 de noviembre debe decir cierre al 12 de diciembre de 2025.
    g) La resolución N° 36, de 2024, y N° 8, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    h) El decreto supremo Nº 14, de fecha 29 de abril de 2022, que nombró al suscrito Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo.
    i) Las facultades que me confiere el decreto supremo N° 397, de 1977, Reglamento Orgánico de las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.

    Considerando:

    1. La ley 19.880 indicada en la letra c) de los vistos, por medio del cual la autoridad puede modificar o revisar los actos administrativos, de acuerdo con lo prescrito en los artículos 61 y 62 de dicha ley.
    2. La resolución exenta indicada en la letra e) de los vistos que aprobó el llamado de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del título II, en la modalidad de construcción de vivienda nueva, con proyecto desarrollado, del programa de habitabilidad rural, regulado por el DS N° 10 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, a la Región de Coquimbo, en la alternativa de postulación individual o colectiva.
    3. El correo electrónico de fecha 6 de noviembre de 2025 de la jefa de OO.HH. del Serviu, solicitando modificar fecha de cierre de llamado regional rural regido por Res. exenta 684/2025, en resuelvo 3 donde indica cierre al 14 de noviembre debe decir cierre al 12 de diciembre de 2025.
    4. Que, el referido correo fundamenta la solicitud basada en que en la ejecución del referido llamado, se ha verificado un aumento significativo de la demanda organizada en las tres provincias de la Región de Coquimbo, correspondiendo en su mayoría a proyectos que se encuentran actualmente en revisión técnica y administrativa por parte del Serviu.
    5. Que, la fecha de cierre originalmente establecida resulta insuficiente para abordar en forma adecuada la evaluación de las iniciativas ingresadas, las cuales presentan mayor complejidad técnica y social, dadas sus condiciones territoriales y constructivas.
    6. Que, las condiciones especiales de financiamiento del presente llamado permiten dar solución habitacional a familias que han sido postergadas en convocatorias anteriores, resultando necesario otorgar un plazo adicional razonable que posibilite su inclusión efectiva en el proceso de selección.
    7. Que en virtud de lo expuesto y considerando se hace necesario modificar la resolución indicada en la letra e) de los vistos, por tanto, dicto la siguiente:

    Resolución:

    1.- Modifica, el resuelvo N° 3 la resolución exenta N° 684, de fecha 23 de julio de 2025, en el siguiente sentido:

    Donde Dice:

    "3. El llamado regulado por la presente resolución se abrirá desde su publicación en el Diario Oficial y cerrará al 14 de noviembre del presente año".

    Debe Decir:

    "3. El llamado regulado por la presente resolución se abrirá desde su publicación en el Diario Oficial y cerrará al 12 de diciembre del presente año".

    2.- En todo lo no modificado se mantiene plenamente vigente la resolución exenta N° 684, de fecha 23 de julio de 2025, de la Seremi Minvu Región de Coquimbo.
    3.- Publíquese la presente resolución o un extracto en el Diario Oficial.

    Anótese, notifíquese y comuníquese.- José Manuel Peralta León, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Coquimbo.