Artículo 5. Límites de emisión de TRS. Los límites máximos de emisión de TRS, permitidos en el efluente de cada equipo, serán los señalados en la siguiente tabla:

    Tabla N° 1.- Cantidad máxima permitida de TRS, medido como sulfuro de hidrógeno (H2S)
   

    Los valores de concentración deberán ser corregidos al 8% de oxígeno en base seca y expresados en condiciones de presión y temperatura de 1 atmósfera y 25°C.