PONE TÉRMINO Y ESTABLECE NUEVO ORDEN DE SUBROGANCIA AL CARGO DE DIRECTOR/A DEL SERVICIO DE SALUD ARAUCANÍA NORTE
   
    Núm. 55 exento.- Santiago, 26 de noviembre de 2025.
   
    Visto:
   
    Lo dispuesto en el Art. 35° de la Constitución Política de la República de Chile de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 81 letra a) del DFL Nº 29, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo; lo señalado en el numeral I, N° 22 del artículo 1° del DS N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; el artículo quincuagésimo noveno de la ley Nº 19.882; el ordinario Nº 1870, de 30 de octubre de 2025, del Director del Servicio de Salud Araucanía Norte; y la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón,
   
    Decreto:
   
    1.- Déjase sin efecto a contar del 1 de noviembre de 2025 el decreto exento Nº 7, de 7 de febrero 2024, y el decreto exento Nº 13, de 21 de abril de 2025, del Ministerio de Salud, sobre subrogancia en el cargo de Director/a del Servicio de Salud Araucanía Norte.
    2.- Establézcase que, a contar de la misma fecha indicada en el numeral primero, el orden de subrogancia al cargo de Director/a del Servicio de Salud Araucanía Norte, en caso de ausencia o impedimento del titular, será el siguiente:
   
    Primer Orden de Subrogancia
    Director/a Hospital Dr. Dino Stagno Maccioni de Traiguén.
   
    Segundo Orden de Subrogancia
    Director/a Hospital Dr. Mauricio Heyermann Torres de Angol.
   
    3.- El indicado orden de subrogancia solo podrá ser asumido si dichos cargos son desempeñados por personal titular del segundo nivel jerárquico de la planta del citado Servicio de Salud, nombrados a través del Sistema de Alta Dirección Pública.
    4.- El/la Director/a subrogante asumirá sus funciones, en caso de ser necesario, a contar de la fecha indicada, sin esperar la total tramitación de este decreto.
   
    Anótese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Ximena Aguilera Sanhueza, Ministra de Salud.
    Transcribo para su conocimiento decreto exento N° 55, 26 de noviembre de 2025.- Por orden de la Subsecretaría de Salud Pública.- Saluda atentamente a Ud., Yasmina Viera Bernal, Jefa de la División Jurídica, Ministerio de Salud.