MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A SITES CHILE S.A.
   
    Santiago, 2 de diciembre de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 961 exento.

    Vistos:

    a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley N° 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la L ey.
    c) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de toma de razón.
    d) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) El decreto supremo N° 99, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios intermedios de telecomuncaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones y sus modificaciones posteriores.
    f) La resolución exenta N° 3.774, de 2012, de la Subsecretaría.
    g) El decreto supremo N° 129, de 2013, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

    a) Lo solicitado por la concesionaria, mediante ingresos Subtel N° 58.217 y N° 58.279 de 19.05.2025, complementados mediante ingreso Subtel N° 94.939 de 21.08.2025.
    b) Lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N° 19.880, que permite la acumulación o desacumulación de procedimientos.
    c) Que la solicitud modifica elementos de la concesión de aquellos que, conforme al inciso quinto del artículo 14° de la ley, se rigen por las normas establecidas en los artículos 15° y 16°, con excepción del trámite concerniente a la emisión del extracto y su publicación.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura fisica para telecomunicaciones, otorgada a la empresa Sites Chile S.A., RUT N° 77.371.811-3, con domicilio en Nueva Tajamar N° 481, oficina 1102 Torre Sur, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Mediante IS N° 58.217 de 2025, autorízase a la concesionaria para modificar la dirección de una (1) torre de telecomunicaciones, como se detalla a continuación:
  D.E.: Decreto exento

    La ubicación, los plazos y las demás características técnicas no consideradas en la presente solicitud de modificación permanecerán inalterables, de conformidad a los Actos autorizatorios, señalado precedentemente.
    2. Mediante IS N° 58.279 de 2025, autorízase a la concesionaria para modificar las coordenadas geográficas de una (1) torre de telecomunicaciones, como se detalla a continuación:
  D.E.: Decreto exento

    La ubicación, los plazos y las demás características técnicas no consideradas en la presente solicitud de modificación permanecerán inalterables, de conformidad a los Actos autorizatorios, señalado precedentemente.
    3. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido.
    4. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    5. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
    6. El presente acto autorizatorio será notificado desde la casilla partes@subtel.gob.cl.
   
    Anótese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.