APRUEBA PROGRAMA DE EXPROPIACIONES DE TERRENO DE LA COMUNA DE LA HIGUERA, DESTINADO A LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN DE EMERGENCIA HABITACIONAL EN LA REGIÓN DE COQUIMBO PARA EL AÑO 2025 Y SIGUIENTES

    Santiago, 10 de diciembre de 2025.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 91 exento.

    Visto:

    a) El artículo 51 de la ley N° 16.391;
    b) El N° 1.9 de la parte I del artículo 1° del DS N° 153 (V. y U.), de 1983;
    c) La ley N° 21.450, que en su artículo cuarto aprueba la Ley sobre Gestión de Suelo para la Integración Social y Urbana y Plan de Emergencia Habitacional;
    d) La resolución exenta N° 14.464 (V. y U.), de 2017, que establece criterios y procedimientos para la adquisición, administración y enajenación de inmuebles de propiedad Serviu;
    e) El oficio N° 413, de fecha 23 de agosto de 2022, de la Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo que establece el Protocolo de Trabajo para la Gestión de Suelos para el Plan de Emergencia Habitacional y Banco de Suelo;
    f) El Informe Evaluación Normativa para adquisición de terrenos, del Lote N°1, Estancia Los Choros, Punta de Choros, de la Comunidad Agrícola Los Choros, de la comuna de La Higuera, ID SIBIS 04-01504, del 8 de septiembre de 2025, del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región de Coquimbo;
    g) El Informe Técnico de Terreno, del 30 de octubre de 2025, del Serviu Región de Coquimbo;
    h) El Plano de Expropiación Lote N° 1, Estancia Los Choros, La Higuera, elaborado en julio de 2025, lámina 1 de 1, por el Departamento Técnico del Serviu Región de Coquimbo;
    i) El oficio Ord. N° 3835 de fecha 22 de octubre de 2025, del Director Serviu de la Región de Coquimbo, mediante el cual solicita se dicte el decreto supremo que apruebe el programa de expropiación del terreno ubicado en la comuna de La Higuera de 22.596 m², Rol SII 49-13, ID SIBIS 04-01504, para la implementación de Plan de Emergencia Habitacional en la localidad de Punta de Choros, comuna de La Higuera;
    j) El oficio Ord. N° 471 de fecha 27 de octubre de 2025, del Jefe de la División de Desarrollo Urbano, que solicita dictar el decreto que aprueba el programa de expropiaciones señalado precedentemente;
    k) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República;

    Considerando:

    1. Que, el Plan de Emergencia Habitacional 2022-2025 definido por este Ministerio tiene como objetivo principal recuperar el rol del Estado en la planificación y gestión habitacional para avanzar en el derecho a la vivienda digna y adecuada, garantizando la tenencia segura ya sea en propiedad individual, colectiva o en arriendo; de esta forma se busca contribuir a la reducción del déficit habitacional cuantitativo, en particular el derivado del allegamiento, del hacinamiento, de la habitabilidad precaria y los campamentos, en todas las comunas del país, y diversificar y aumentar la oferta habitacional adecuada acorde a diversas necesidades, ciclos de vida y tipos de soluciones.
    2. Que, el Plan de Emergencia Habitacional, tiene como eje estratégico el "Robustecer el Banco de Suelo Público" mediante la adquisición de suelo urbano, facilitando que las familias se establezcan en sus territorios y barrios según sus necesidades, redes de apoyo, adecuación cultural, proyectos y ciclos de vida, y la recuperación de la planificación de los territorios en consideración a los cambios demográficos, las tendencias de crecimiento urbano y territorial y las necesidades de las comunidades.
    3. Que, por medio del oficio del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Coquimbo, singularizado en el visto i) de este decreto, se solicitó a esta Cartera de Estado la elaboración del decreto que apruebe el Programa de Expropiaciones del predio denominado "Lote N° 1, Estancia Los Choros", Rol de Avalúo 49-13, ubicado en la localidad de Punta de Choros, comuna de La Higuera, de una superficie de 22.596 m², destinado a otorgar solución habitacional al Comité de Vivienda Punta de Choros, mediante la construcción de 40 viviendas.
    4. Que, mediante los informes técnicos citados en el visto f) y g) de este decreto y el oficio singularizado en el visto j), se informó favorablemente la expropiación con fines de utilidad pública del inmueble individualizado en el considerando precedente, razón por la que dicto el siguiente,

    Decreto:

    1. Apruébase el programa de expropiaciones para la implementación del Plan de Emergencia Habitacional en la comuna de La Higuera, según lo detallado en el considerando 3. de este decreto y plano de expropiaciones singularizado en el visto h), referido al inmueble que se indica a continuación:


    2. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial y en un periódico de la provincia de Elqui, si lo hubiere.

    Anótese, notifíquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.