PROMULGA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO DE ÑUÑOA

    Núm. 3.033.- Ñuñoa, 4 de diciembre de 2025.

    Teniendo presente:

    1. El Plan Regulador Comunal de Ñuñoa aprobado por decreto N° 129, de fecha 27.10.1989, publicado en el Diario Oficial de fecha 11.12.1989, y sus modificaciones.
    2. La ley N° 20.958, establece un Sistema de Aportes al Espacio Público del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de fecha 15 de octubre de 2016.
    3. DS N° 14, de Vivienda y Urbanismo, que modifica Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) en el sentido de actualizar sus normas a las disposiciones de la ley N° 20.958, relativa a aportes al espacio público, de fecha 22 de febrero de 2018.
    4. DS N° 30, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece reglamento sobre Mitigación de Impactos al Sistema de Movilidad Local derivados de proyectos de crecimiento urbano, de fecha 17 de mayo de 2019.
    5. Ley N° 21.284, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que modifica ley N° 20.958, referida a la entrada en vigencia de las Mitigaciones Directas en el sistema de movilidad local, de fecha 12 de noviembre de 2020.
    6. Circular DDU N° 447, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que imparte instrucciones para la tramitación de permisos conforme a las nuevas exigencias de la Ley de Aportes al Espacio Público, de fecha 13 de noviembre de 2020.
    7. Circular DDU 448, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, marco reglamentario y metodológico para la confección de los Planes de Inversión en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público, de fecha 13 de noviembre de 2020.
    8. Lo dispuesto en la ley N° 19.880, que establece Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, de fecha 29 de mayo de 2023.
    9. El artículo N° 175 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en que los proyectos que conlleven crecimiento urbano por densificación, deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 70 de la misma ley, directamente, o a través de un aporte equivalente al avalúo fiscal del porcentaje de terreno a ceder de la municipalidad respectiva.
    10. El artículo 176 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el cual establece que cada municipio elaborará un plan comunal de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público, que contendrá una cartera de proyectos, obras y medidas incluidas en los instrumentos de planificación territorial existentes o asociadas a estos debidamente priorizadas, para mejorar sus condiciones de conectividad, accesibilidad, operación y movilidad, así como la calidad de sus espacios públicos y la cohesión social y sustentabilidad urbana.
    11. Que el artículo 178 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones establece que los planes comunales de inversión en infraestructura de movilidad y espacio público, deberán actualizarse periódicamente en un plazo no mayor a diez años y cada vez que se apruebe un nuevo instrumento de planificación.

    Vistos:

    1. El decreto alcaldicio N° 265, de fecha 07.02.2024, que aprueba el Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público de Ñuñoa 2024-2034.
    2. La publicación en el Diario Oficial de fecha 21.02.2024 que promulga el Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público de Ñuñoa.
    3. El Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público de Ñuñoa, compuesto por los siguientes documentos:

    . Diagnóstico.
    . Cartera Priorizada de proyectos, obras y medidas.
    . Plano que grafica la ubicación y tramos de los proyectos, obras y medidas incluidas en dicha cartera.
    . Expediente técnico.
    . Informe de Participación Ciudadana.

    4. Que es fundamental actualizar la cartera priorizada de Proyectos PIIMEP-Ñuñoa y el Plano de ubicación de las iniciativas, ya que es necesario incorporar propuestas abordadas en la participación ciudadana de la elaboración del primer PIIMEP, que responden a demandas ciudadanas las cuales han sido priorizadas por el equipo técnico de la actual administración municipal.
    5. Memorándum N° 201, de fecha 29.10.2025, de la Secretaría Comunal de Planificación, donde solicita al Secretario Municipal incorporar a tabla del H. Concejo Municipal, el punto de tabla "Aprobación de la Actualización del Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público de Ñuñoa, PIIMEP 2025-2035".
    6. El Certificado del Secretario Municipal, que certifica que en la Sesión Ordinaria N° 33, de fecha 19.11.2025, el H. Concejo Municipal aprobó la "Actualización del Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público de Ñuñoa, PIIMEP 2025-2035".

    Decreto:

    1. Promúlgase la actualización del Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público de Ñuñoa PIIMEP 2025-2035, consistente en una cartera priorizada de proyectos, obras y medidas; un plano que grafica con precisión la ubicación y tramos de los proyectos, obras y medidas incluidas en dicha cartera; y una memoria explicativa.
    2. La cartera de proyectos, obras y medidas es la siguiente:
   
   

    3. Mediante el plano denominado "PIIMEP-ÑUÑOA-02", se grafican con precisión la ubicación y tramos de los proyectos, obras y medidas que son parte del Plan Comunal de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público.
    4. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de la República y remítase copia del mismo, y de todos los documentos que conforman el Plan Comunal de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público de Ñuñoa PIIMEP 2025-2035, al Gobierno Regional de la Región Metropolitana.
    5. Encomiéndase la publicación del presente decreto en el Diario Oficial y en la web institucional.
    6. Anótese y transcríbase a todas las direcciones del Municipio de Ñuñoa, al Gobierno Regional de la Región Metropolitana y pase a la Secretaría Comunal de Planificación para su conocimiento y fines consiguientes.

    Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese en el repositorio digital.- Sebastián Sichel Ramírez, Alcalde.- Guillermo Alejandro Reeves Iriarte, Secretario Municipal.