RESUELVE PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN DEL DECRETO ALCALDICIO Nº 2.640 DE FECHA: 30 DE JUNIO DE 2025 DE LA LICITACIÓN PÚBLICA: MEJORAMIENTO MULTICANCHA OTTO NEUMANN, COMUNA DE PURRANQUE
Núm. 4.888 exento.- Purranque, 10 de noviembre de 2025.
Vistos:
. El decreto municipal Nº 1.826 de fecha: 9 de mayo de 2025, que Aprueba Bases y Llama a Licitación Pública: Mejoramiento Multicancha Otto Neumann, comuna de Purranque.
. El decreto alcaldicio Nº 2.640 de fecha: 30 de junio de 2025, que Adjudica Licitación Pública: Mejoramiento Multicancha Otto Neumann, comuna de Purranque al Oferente: Constructora A & M Peldoza Ltda., RUT: 76.048.316-8, por un monto de $79.000.000 - (setenta y nueve millones de pesos) impuesto incluido.
. Las Bases Administrativas de la Licitación Pública: Mejoramiento Multicancha Otto Neumann, comuna de Purranque.
. Las Bases Técnicas de la Licitación Pública: Mejoramiento Multicancha Otto Neumann, comuna de Purranque.
. El Acta de Evaluación de la Licitación Pública: Mejoramiento Multicancha Otto Neumann, que establece como sugerencia de adjudicación al Oferente: Constructora A & M Peldoza Ltda., RUT: 76.048.316-8.
. El Reclamo ID INC-1143685-H6Z5H2 de fecha: 3 de julio de 2025, a través del Sistema de Información: www.mercadopublico.cl.
. El Ordinario Nº: 69 de fecha: 7 de julio de 2025, remitido por don: Edoardo Alves Ramírez, director Secplan, a la Dirección de Administración y Finanzas - Encargada Adquisiciones.
. El Reclamo ID INC-1146831-B4X9H9 de fecha: 9 de julio de 2025, a través del Sistema de Información: www.mercadopublico.cl.
. El Ordinario Nº: 78 de fecha: 18 de julio de 2025, remitido por don: Edoardo Alves Ramírez, director Secplan, a la Dirección de Administración y Finanzas - Encargada Adquisiciones.
. El decreto alcaldicio Nº 4.139 de fecha: 29 de septiembre de 2025, que dispuso el inicio de un procedimiento de invalidación del decreto alcaldicio Nº 2.640 de fecha: 30 de junio de 2025.
. La notificación personal realizada al representante legal de la Empresa: Constructora A & M Peldoza Ltda., realizada con fecha: 2 de octubre de 2025, lo que consta en Certificado Nº 151/2025 de la Secretaria Municipal de la Ilustre Municipalidad de Purranque.
. La publicación del decreto alcaldicio Nº 4.139 de fecha: 29 de septiembre de 2025 en el Diario Oficial con el número Nº 44.280 de fecha: 21 de octubre de 2025.
. Lo dispuesto en la ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
. Lo dispuesto en la ley 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
. El decreto alcaldicio Siaper Nº 4.387 de fecha: 30 de octubre de 2025, que designa cargo de Secretario Municipal Suplente.
. El Regamento Nº 1 de fecha: 7 de enero de 2025, que Reglamenta Subrogancia de Directores, Directoras; Jefaturas de Departamentos y Unidades Municipales.
Considerando:
. Que con fecha 15 de mayo de 2025, se publica a través del Sistema de Información: www.mercadopublico.cl la Licitación Pública: Mejoramiento Multicancha Otto Neumann, comuna de Purranque con fecha de cierre el 4 de junio de 2025, evaluándose las ofertas el día 16 de junio de 2025, proponiéndose adjudicar la Licitación al Oferente: Constructora A & M Peldoza Ltda., RUT: 76.048.316-8.
. En razón de lo anterior, con fecha: 30 de junio de 2025, mediante decreto alcaldicio Nº 2.640, se adjudica la Licitación Pública: Mejoramiento Multicancha Otto Neumann, comuna de Purranque, al Oferente: Constructora A & M Peldoza Ltda., RUT: 76.048.316-8, por un monto de $79.000.000 (setenta y nueve millones de pesos) impuesto incluido.
. Que, con fecha: 15 de septiembre de 2025, a través del oficio Nº E157440/2025, la Contraloría Regional de Los Lagos instruye que "la autoridad administrativa inicie el proceso de invalidación, con el fin de retrotraerlo hasta la etapa de evaluación de las ofertas y subsane la irregularidad detectada".
. Que, con fecha: 29 de septiembre de 2025, mediante la dictación del decreto alcaldicio Nº 4.139, se da inicio a un Proceso de Invalidación, conforme lo establece el artículo 53 de la ley Nº 19.880, del decreto alcaldicio Nro. 2.640 de fecha: 30 de junio de 2025, que Adjudica la Licitación Pública: Mejoramiento Multicancha Otto Neumann, comuna de Purranque, al Oferente: Constructora A & M Peldoza Ltda., RUT: 76.048.316-8.
. Que, con fecha: 2 de octubre de 2025, se notifica personalmente a don Mauricio Peldoza Reidel, representante de la Empresa: Constructora A & M Peldoza Ltda., del decreto alcaldicio Nro. 4.139 de fecha: 29 de septiembre de 2025, que dispuso el inicio de un proceso de invalidación del decreto alcaldicio Nº 2.640 de fecha: 30 de junio de 2025, lo que consta en Certificado N° 151/2025 de doña Andrea González Vergara, en su calidad de Secretaria Municipal de la Ilustre Municipalidad de Purranque.
. Que, con fecha: 21 de octubre de 2025, mediante el número 44.280, se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, bajo Nº CVE 2711651, el decreto alcaldicio Nº 4.139 de fecha: 29 de septiembre de 2025, que dispuso el inicio de un procedimiento de invalidación, lo anterior, en virtud de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 48 de la ley N° 19.880.
. Que habiendo transcurrido el plazo de 10 días hábiles indicados en el punto Nro. 4 del decreto alcaldicio Nro. 4.139 de fecha: 29 de septiembre de 2025, desde su publicación, esto es, el 21 de octubre de 2025, no se recibieron descargos.
. Que, el artículo 53 de la ley 19.880, contempla la figura de la invalidación, disposición legal que establece: "La autoridad administrativa podrá, de oficio o a petición de parte, invalidar los actos contrarios a derecho, previa audiencia del interesado, siempre que lo haga dentro de los dos años contados desde la notificación o publicación del acto. La invalidación de un acto administrativo podrá ser total o parcial. La invalidación parcial no afectará las disposiciones que sean independientes de la parte invalidada. El acto invalidatorio será siempre impugnable ante los Tribunales de Justicia, en procedimiento breve y sumario".
. Que, la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República contenida en los dictámenes Nº 117 de fecha 3 de enero de 2007, Nº 404170 de fecha 13 de octubre de 2023, entre otros, ha señalado en reiteradas oportunidades que la autoridad administrativa se encuentra en la obligación de invalidar sus decisiones cuando nuevos antecedentes o elementos de juicio no considerados en su oportunidad, demuestren que ellas adolecen de ilegalidad. Dicha conclusión encuentra su fundamento, en que la autoridad administrativa, en virtud de la potestad invalidatoria consagrada en el citado artículo 53 de la ley Nº 19.880, se encuentra en el deber de invalidar los actos administrativos contrarios a derecho con la finalidad de restablecer el orden jurídico quebrantado, debiendo agregarse que dicha potestad debe ejercerse dentro del plazo de dos años contados desde la notificación o publicación del acto. (Aplica criterio contenido en dictamen Nº 50.081, de 2006, entre otros, de esta Entidad Contralora).
. Que, el artículo Nº 10 de la ley Nº 19.886 en su inciso tercero, señala: "Los procedimientos de licitación se realizarán con estricta sujeción, de los participantes y de la entidad licitante, a las bases administrativas y técnicas que la regulen. Las bases serán siempre aprobadas previamente por la autoridad competente.".
. Que, del análisis de todos los antecedentes antes referidos, esto es, reclamos interpuestos por la Empresa Omega Ingeniería y Construcción SpA, el oficio E157440/2025 de la Contraloría Regional de Los Lagos, allanándose al proceso de invalidación y no habiéndose presentado descargos, se vislumbra la existencia de poca claridad en el resultado del criterio experiencia indicado en acta de evaluación y que el acta de evaluación debió consignar con mayor detalle el puntaje obtenido por parte de la Comisión Evaluadora, debiendo regularizarse dicho supuesto a través del presente procedimiento de invalidación.
Decreto:
1. Invalídese, el decreto alcaldicio Nro. 2.640 de fecha: 30 de junio de 2025, que adjudica la Licitación Pública: Mejoramiento Multicancha Otto Neumann, comuna de Purranque, al Oferente: Constructora A & M Peldoza Ltda., RUT: 76.048.316-8, dejándose sin efecto el decreto y todas las actuaciones relacionadas directamente con él.
2. Retrotráigase, el estado de Licitación Pública ID: 3443-25-LP25 "Mejoramiento Multicancha Otto Neumann, comuna de Purranque", al estado de Evaluación de las Ofertas, debiendo citarse para dichos efectos a la Comisión Evaluadora dispuesta en el punto Nº 3 del decreto alcaldicio Nº 1.826 de fecha: 9 de mayo de 2025.
3. Publíquese, el presente decreto alcaldicio, a través de una inserción en el Diario Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 48 de la ley 19.880.
Anótese, regístrese, comuníquese, publíquese en el portal www.mercadopublico.cl y archívese.- Alicia Villar Vargas, Alcaldesa.- Harry Junginger Garay, Secretario Municipal Suplente.