MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONIA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.
   
    Santiago, 5 de noviembre de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 877 exento.
    Vistos:
   
    a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
    b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la L ey;
    d) La resolución exenta N° 354, de 1988, modificada por la resolución exenta N° 643, de 1997, ambas de la Subsecretaría que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Celular que opera en la Banda de 800 MHz;
    e) El decreto supremo N° 114, de 1989, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores y,
    f) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
   
    Considerando:
   
    a) Lo solicitado por la concesionaria mediante ingreso Subtel N° 113.592, de 09.10.2025.
    b) Que la solicitud presentada se refiere a la rectificación de elementos de la concesión que, de conformidad a lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 14° de la ley, no importando una alteración de la zona de servicio, de las frecuencias, del ancho de banda o de las potencias máximas ya autorizadas, se instalen sobre infraestructura existente.
   
    Decreto:

   
    Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Celular, otorgada a la empresa Telefónica Móviles Chile S.A., RUT N° 76.124.890-1, con domicilio en Av. Providencia N° 111, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
   
    1. Autorízase a la concesionaria para rectificar las coordenadas geográficas de una (1) Estación Base, autorizada mediante decreto exento N° 487, de 2013, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según se indica a continuación:
   
    Donde dice:
   
   
    Debe decir:
   
   
    Las demás características técnicas, no consideradas en la presente autorización, permanecerán inalterables conforme al decreto exento del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, señalado precedentemente, que autorizó la Estación Base.
    2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
    4. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl.
   
    Anótese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.