Artículo 4. Subcomité de Jueces y Juezas, y Presidencia de la Sala Especializada.
    Los jueces y juezas destinados a materias exclusivas de responsabilidad penal adolescente de la Corte de Apelaciones de Santiago elegirán un juez o jueza presidente de la sala especializada y un subcomité de tres jueces o juezas.
   
    El subcomité establecerá un sistema objetivo de distribución de funciones y turnos, considerando una distribución equitativa de la carga de trabajo en las distintas funciones que debe cumplir la sala, tales como: audiencias de control de detención, audiencias programadas, despacho, tribunal de tratamiento de drogas de adolescentes, turno telefónico y visita de cárcel en los términos de los artículos 567 y 578 del Código Orgánico de Tribunales.
    La implementación operativa del sistema de distribución de funciones y turnos estará a cargo del subadministrador o subadministradora de la sala especializada, quien velará por su correcta ejecución y coordinación diaria. Lo anterior se entiende sin perjuicio de las facultades legales que corresponden a la administración y al comité de jueces y juezas del tribunal de garantía donde se radique la unidad especializada, conforme a la normativa vigente.
    Para la interpretación del presente artículo y la resolución de los conflictos que puedan producirse en la gestión del tribunal, se tendrá especialmente en cuenta lo dispuesto en el artículo 29 de la ley Nº 20.084 y en el artículo 16 bis del Código Orgánico de Tribunales, en lo relativo a la especialización de la justicia penal adolescente.