1. Modifícase la resolución exenta Nº 249 (V. y U.), de 2025, en el siguiente sentido:

    a) Agrégase en el inciso primero del resuelvo 1., a continuación del punto aparte que pasa a ser un punto seguido, la siguiente frase: "Excepcionalmente, con autorización del Serviu respectivo, y solo tratándose de proyectos totalmente industrializados, podrán postular proyectos de hasta 600 viviendas".
    b) Reemplázase en el primer inciso del numeral 3.1 del resuelvo 3., la expresión "Excepcionalmente," por "A petición del Serviu, excepcionalmente y".
    c) Reemplázase en el primer inciso del numeral 3.1 de su resuelvo 3., la expresión "alguno" por "algunos".
    d) Reemplázase en el primer inciso de la letra b., del resuelvo 5., el guarismo "300" por "600".

    2. Establécese que la resolución exenta Nº 249 (V. y U.), de 2025, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.