OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA AT THE FOREFRONT COMMUNICATIONS SpA

    Santiago, 18 de noviembre de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 121.

    Vistos:

    a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) El decreto supremo N° 484, de 2007, Reglamento de Voz sobre Internet, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    d) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que "faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar Por orden de la Presidenta de la República".
    e) La resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

    Considerando:

    a) Lo solicitado por la interesada mediante Ingreso Subtel N° 31.440, de 05.03.2024 y complementado por Ingreso Subtel N° 44.885, de 16.04.2025.
    b) Que la solicitud otorga una concesión de aquellas que, conforme al inciso quinto del artículo 14° de la ley, se rigen por las normas establecidas en los artículos 15° y 16°, con excepción del trámite concerniente a la emisión del extracto y su publicación.

    Decreto:

    Otórgase concesión de Servicio Público de Telecomunicaciones, a la empresa At The Forefront Communications SpA, RUT N° 77.855.139-K, con domicilio en Avenida Jardines de Paso Hondo N° 800, pasaje Los Ceibos, J-8, comuna de Quilpué, Región de Valparaíso, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. La presente Concesión de Servicio Público de Telecomunicaciones, se compone de los elementos indicados a continuación:

-Tipo de Servicio    : Servicio Público de Telecomunicaciones.
-Prestación específica: Voz Sobre Internet.
-Período de vigencia  : 30 años contados desde la publicación
                        en el Diario Oficial del Decreto
                        que la autorice.

    2. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar un (1) nodo ubicado, según se indica a continuación:


    3. El servicio se suministrará a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.
    4. La zona de servicio corresponde a todo el Territorio Nacional.
    5. Los plazos de inicio y término de obras, y de inicio del servicio son los que a continuación se indican:


    6. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    7. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
    8. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl.

    Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.