MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA SITES CHILE S.A.

    Santiago, 11 de diciembre de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 989 exento.

    Vistos:

    a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) El decreto supremo N° 123, de 2013, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
    d) El decreto supremo N° 103, de 2008, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar "Por orden de la Presidenta de la República", del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) El decreto supremo N° 99 de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones.
    f) La resolución exenta N° 3.774, de 2012, de la Subsecretaría, que aprueba formato de solicitud y modificación de Concesión de Servicios Intermedios de Telecomunicaciones que únicamente proveen infraestructura física para telecomunicaciones.
    g) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

    Considerando:

    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso subtel N° 151.378, de 19.08.2022, complementado mediante ingreso Subtel N° 133.147, de 16.10.2024.
    b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, cuyo titular es la empresa Sites Chile S.A., RUT N° 77.371.811-3, con domicilio en El Salto N° 5450, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria para modificar su concesión, individualizada en la letra c) de los vistos, en el sentido de incorporar catorce (14) infraestructuras físicas ya autorizadas, conforme a los decretos que se detallan a continuación:

    Para distintas regiones del Territorio Nacional:


    2. Las características técnicas de las instalaciones, corresponden a torres de soporte de antenas y sistemas radiantes, conforme ya fueron autorizadas. Dado que las mismas ya se encuentran instaladas, no existen plazos involucrados.
    3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
    5. El presente acto autorizatorio será notificado desde la casilla partes@subtel.gob.cl.

    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.