MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 249 EXENTA (V. Y U.), DE 2025, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS CON AUTOCONSTRUCCIÓN ASISTIDA E INDUSTRIALIZACIÓN, EN EL SENTIDO QUE INDICA
Santiago, 18 de diciembre de 2025.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.942 exenta.
Visto:
a) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
b) La resolución exenta Nº 249 (V. y U.), de fecha 14 de febrero de 2025, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos con Autoconstrucción Asistida e Industrialización.
Considerando:
a) Que, en el contexto del Plan de Emergencia Habitacional, desde el año 2022, con el objetivo de promover estrategias y medidas urgentes para enfrentar el déficit habitacional, se ha dispuesto una línea programática especial del Fondo Solidario de Elección de Vivienda que propone un sistema de construcción de viviendas que permita atender con mayor prontitud al déficit habitacional, considerando el acceso a suelo y urbanización, e incluya modalidades diversas de producción de vivienda, mediante alternativas de ejecución tales como Autoconstrucción Asistida y Vivienda Tipo Industrializada, fomentando la participación de pequeñas y medianas empresas en el proceso, los que se han materializado en el llamado contenido en la resolución referida en el visto b);
b) Que, advirtiendo la necesidad de contribuir al fortalecimiento de la diversificación de la oferta programática establecida en el Plan de Emergencia Habitacional y ampliar la cobertura de atención de proyectos y familias, dicto la siguiente:
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta Nº 249 (V. y U.), de 2025, en el sentido de eliminar en su resuelvo 1, la expresión "18 de diciembre de 2025", reemplazándola por la expresión "29 de diciembre de 2025".
2. Establécese que la resolución exenta Nº 249 (V. y U.), de 2025, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
Anótese, publíquese y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.