MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 395 EXENTA (V. Y U.), DE FECHA 21 DE MARZO DE 2025 QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL TÍTULO II, EN LA MODALIDAD DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA NUEVA, CON PROYECTO DESARROLLADO, DEL PROGRAMA DE HABITABILIDAD RURAL, REGULADO POR EL DS Nº 10 (V. y U.), DE 2015, A LAS REGIONES QUE INDICA, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL O COLECTIVA.
Santiago, 22 de diciembre de 2025.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.947 exenta.
Visto:
a) El DS Nº 10 (V. y U.), de 2015, que reglamenta el Programa de Habitabilidad Rural, en especial sus artículos 36 y 38;
b) La resolución exenta Nº 1.993 (V. y U.), de fecha 27 de diciembre de 2024, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2025, en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 10 (V. y U.), de 2015;
c) La Circular Nº 01, de fecha 13 de enero de 2025, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, que comunica metas regionales del Programa Habitacional 2025, e indica el presupuesto disponible para asignar subsidios, entre otros, del Programa de Habitabilidad Rural;
d) La resolución exenta Nº 395 (V. y U.), de fecha 21 de marzo de 2025, y sus modificaciones que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Título II, en la Modalidad de Construcción de Vivienda Nueva, con proyecto desarrollado, del Programa de Habitabilidad Rural, regulado por el DS Nº 10 (V. y U.), de 2015, a las regiones que indica, en la alternativa de postulación individual o colectiva, y
Considerando:
a) Que, mediante la resolución exenta Nº 395 (V. y U.), de 2025, citada en el visto d) de la presente resolución, se llamó a proceso de selección nacional en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Título II del Programa de Habitabilidad Rural, regulado por el DS Nº 10 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, en la Modalidad de Construcción de Vivienda Nueva, con proyecto desarrollado, en la alternativa de postulación individual o colectiva;
b) Que la resolución exenta Nº 395 (V. y U.), de 2025, citada en el visto d) de la presente resolución, establece que el último proceso de cierre está definido para el 22 de diciembre de 2025, y que, en atención al alto número de postulantes, resulta necesario extender el último cierre, para un mejor desarrollo del proceso de postulación y a la asignación de subsidio, por lo que dicto la siguiente
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta Nº 395 (V. y U.), de 2025, citada en el visto d) de la presente resolución, en el sentido de modificar la tabla inserta en el resuelvo 3, por la siguiente:

2. Establécese que la resolución exenta Nº 395 (V. y U.), de 2025, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
Anótese, publíquese y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.