MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA PHOENIX TOWER INTERNATIONAL CHILE SpA
   
    Santiago, 15 de diciembre de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 995 exento.
   
    Vistos:
   
    a) El decreto ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.
    d) El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) El decreto supremo N° 99 de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones.
    f) La resolución exenta N° 3.774, de 2012, de la Subsecretaría.
    g) La resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
   
    Considerando:
   
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingresos Subtel N° 151.830 de 28.11.2024 y N° 153.808 de 03.12.2024, complementado por ingresos Subtel N° 16.492 de 13.02.2025, N° 67.525 de 11.06.2025 y N° 79.501 de 11.07.2025.
    b) El artículo 33° de la Ley N° 19.880, que permite la acumulación o desacumulación de procedimientos.
    c) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de las solicitudes de modificación de concesión.
   
    Decreto:

   
    Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, cuyo titular es la empresa Phoenix Tower International Chile SpA, RUT N° 77.450.271-8, con domicilio en Av. Isidora Goyenechea N° 2800, oficina N° 3402 A, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
   
    1. Según ingreso Subtel N° 151.830 de 2024, autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar dos (2) torres de telecomunicaciones, destinadas a soportar sistemas radiantes, según se indica a continuación:
   
   
    2. Según ingreso Subtel N° 153.808 de 2024, autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar seis (6) torres de telecomunicaciones, destinadas a soportar sistemas radiantes, según se indica a continuación:
   
   
    3. Para ingreso Subtel N° 151.830 de 2024, los plazos máximos se indican a continuación:
   
   
    4. Para ingreso Subtel N° 153.808 de 2024, los plazos máximos se indican a continuación:
   
   
    5. Apruébanse los proyectos técnicos base de las solicitudes presentadas por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    6. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
7. La notificación del presente acto autorizatorio  se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl.
   
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.