Artículo 1°.- Objeto.
    Este reglamento tiene por objeto establecer los principios y las normas para estructurar, regular y coordinar las acciones de ciberseguridad en el ámbito de la defensa nacional. En ese sentido, regula el Equipo de Respuesta de Incidentes de Seguridad Informática de la Defensa Nacional, en adelante CSIRT de la Defensa o CSIRT-DN, que depende del Ministerio de Defensa Nacional, el cual será responsable de coordinar, proteger y asegurar las redes y sistemas del Ministerio, así como los servicios esenciales y operadores vitales para la defensa nacional, y de cumplir con las tareas que se le encomienden, conforme a lo establecido en la ley N° 21.663, Marco de Ciberseguridad. Asimismo, regula los equipos de respuesta de incidentes de Seguridad Informática Institucionales de la Defensa Nacional, en adelante CSIRT-IDN, y el procedimiento de reporte de ciberataques e incidentes de ciberseguridad que estos equipos deben informar al CSIRT-DN.