ACEPTA RENUNCIA VOLUNTARIA Y DESIGNA NUEVOS MIEMBROS EN LA COMISIÓN ASESORA NACIONAL DE EVALUACIÓN Y PRODUCTIVIDAD
Núm. 810.- Santiago, 24 de julio de 2025.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos Nº 24, 32 Nº 10 y 35 de la Constitución Política de la República; en los artículos Nº 3º y 5º del decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 19.880 que establece bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en particular su artículo Nº 52; el decreto supremo Nº 1.510, de 30 de agosto de 2021, del Ministerio de Hacienda, que crea Comisión Asesora Presidencial denominada Comisión Asesora Nacional de Evaluación y Productividad, y deroga decreto que indica; el decreto supremo Nº 1.094, de 12 de julio de 2022, del Ministerio de Hacienda que designa miembros de la Comisión Asesora Nacional de Evaluación y Productividad; el decreto supremo Nº 939, de 2 de agosto de 2024, del Ministerio de Hacienda que renueva la designación que indica y designa nuevo miembro de la Comisión Asesora de Evaluación y Productividad y, en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, mediante el decreto supremo Nº 1.510, de 30 de agosto de 2021, del Ministerio de Hacienda, se creó la Comisión Asesora Presidencial denominada "Comisión Asesora Nacional de Evaluación y Productividad" (en adelante, el "Decreto Supremo Nº 1.510, de 2021"). El artículo 1 del decreto supremo Nº 1.510, de 2021, dispuso que la Comisión Asesora Nacional de Evaluación y Productividad (en adelante, la "Comisión") tendrá la misión de: "asesorar al Presidente de la República en todas aquellas materias orientadas o aumentar el crecimiento económico de largo plazo y el bienestar de la población a través de la asesoría en la promoción de políticas públicas de calidad y la generación de ganancias en la productividad".
2. Que, el artículo 3 inciso 1 del decreto supremo Nº 1.510, de 2021, estableció que: "La Comisión estará integrada por 5 miembros designados por el Presidente de la República mediante decreto supremo del Ministerio de Hacienda, el que además será suscrito por los Ministros de Desarrollo Social y Familia, y de Economía, Fomento y Turismo". En tanto, el inciso 2 del artículo señalado, dispuso que los miembros de la Comisión deberán contar con: "una destacada experiencia en la formulación y/o evaluación de políticas públicas o administración de empresas públicas o privadas, debiendo tener presente la trayectoria y credenciales académicas y su participación en universidades, centros de estudios o jefaturas del sector público o en cargos de administración o en directorios de empresas públicas o privadas".
3. Que, el inciso 3 del mismo artículo 3 del decreto supremo Nº 1.510, de 2021, establece que sus integrantes durarán 5 años en sus funciones, pudiendo ser renovados de forma inmediata por un nuevo período consecutivo, previa manifestación de su voluntad una vez totalmente tramitado el decreto supremo respectivo y que se renuevan por parcialidades, a razón de uno por año.
4. Que, para el caso de la primera designación de los miembros de la Comisión, el artículo transitorio del decreto supremo Nº 1.510, de 2021, señaló que: "La primera designación de los miembros de la Comisión deberá mencionar sus respectivos períodos, a fin de cumplir con las parcialidades señaladas en el inciso tercero del artículo 3 del presente decreto".
5. Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo transitorio mencionado en el numeral precedente, el Ministerio de Hacienda dictó el decreto supremo Nº 1.094, de 12 de julio de 2022, designando a los miembros de la Comisión y estableciendo a su respecto periodos distintos de duración en el cargo. Lo anterior, a fin de cumplir con la renovación por parcialidades, a razón de uno por año, establecida en el inciso tercero del artículo 3 del decreto supremo Nº 1.510 de 2021.
6. Que, mediante decreto supremo Nº 939, de 2 de agosto de 2024, del Ministerio de Hacienda, que renueva la designación que indica y designa nuevo miembro de la Comisión Asesora de Evaluación y Productividad, se nombró al Sr. Rodrigo Andrés Wagner Brizzi como miembro de la referida Comisión por un período de cinco años.
7. Que, el Sr. Rodrigo Andrés Wagner Brizzi presentó su renuncia voluntaria al cargo señalado precedentemente, mediante carta de renuncia, de 14 de diciembre de 2024, para hacerse efectiva a partir del mismo día.
8. Que, el inciso 5 del artículo 3 del decreto supremo Nº 1.510, de 2021, establece que: "En caso de renuncia, muerte, incapacidad, remoción o cualquier otra circunstancia permanente que impida a uno de los miembros de la Comisión el ejercicio regular y continuo de sus funciones, el Presidente de la República designará un reemplazante, quien durará en sus funciones por el tiempo que le restare al faltante para completar su período.".
9. Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes y conforme a lo dispuesto en el inciso 5 artículo 3 del decreto supremo Nº 1.510, de 2021, atendida la configuración de una circunstancia de carácter permanente que impide a uno de los miembros de la Comisión el ejercicio regular y continuo de sus funciones, específicamente su renuncia al cargo, resulta procedente designar a un reemplazante que ejercerá sus funciones por el período restante que le correspondía al miembro saliente, completando así el plazo original de cinco años.
10. Que, por otra parte, en virtud del decreto supremo Nº 1.094, antes mencionado, se designó por el periodo de 3 años a don Raphael Bergoeing Vela como integrante y Presidente de la Comisión Asesora Nacional de Evaluación y Productividad por un periodo de 3 años, el que finalizó el 12 de julio del presente año, quedando por tanto vacante su cargo.
11. Que, en razón de lo señalado en el considerando precedente, corresponde igualmente efectuar el nombramiento de un nuevo miembro, por el periodo de 5 años, en la vacante dejada por la expiración del periodo de designación del Sr. Bergoeing.
Decreto:
1. Acéptase, a contar del 14 de diciembre de 2024, la renuncia voluntaria presentada por el Sr. Rodrigo Andrés Wagner Brizzi, RUT Nº 10.032.242-0, como miembro de la Comisión Asesora Presidencial denominada "Comisión Asesora Nacional de Evaluación y Productividad".
2. Desígnase, a contar del 15 de mayo de 2025 en calidad de miembro integrante de la Comisión Asesora Nacional de Evaluación y Productividad, a la Sra. Marcela Alejandra Angulo González, RUT 7.804.559-0, en reemplazo del Sr. Rodrigo Andrés Wagner Brizzi, por el periodo que resta para cumplir los 5 años por el cual se encontraba designado el Sr. Wagner, esto es, hasta 13 de julio de 2029.
3. Desígnase, a contar del 4 de agosto de 2025 en calidad de miembro integrante y Presidente de la Comisión Asesora Nacional de Evaluación y Productividad al Sr. Pablo Antonio García Silva, RUT 10.330.785-6, en reemplazo del Sr. Bergoeing, por un periodo de 5 años.
4. Determínase que, por razones impostergables de buen servicio, las personas designadas en los numerales 2 y 3 precedentes asumirán sus funciones a partir de las fechas en ellos indicadas, sin esperar la total tramitación del presente acto administrativo.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Mario Marcel Cullell, Ministro de Hacienda.- Nicolás Grau Veloso, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.- Javiera Toro Cáceres, Ministra de Desarrollo Social y Familia.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Heidi Berner Herrera, Subsecretaria de Hacienda.