DESIGNA A LOS CONSEJEROS Y CONSEJERAS DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL ORGANISMO ADMINISTRADOR DEL FONDO AUTÓNOMO DE PROTECCIÓN PREVISIONAL QUE INDICA, POR EL PERIODO QUE SEÑALA
Núm. 818.- Santiago, 1 de agosto de 2025.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 10 y 35 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 21.735, que crea un nuevo Sistema Mixto de Pensiones y un Seguro Social en el pilar contributivo, mejora la pensión garantizada universal y establece beneficios y modificaciones regulatorias que indica; en los Oficios Gab. Pres Nºs. 442, 444, 445 y 446, todos de 30 de abril de 2025 y Nº 718, de 17 de junio de 2025, todos de S.E. el Presidente de la República; en los Oficios Nºs. 187/SEC/25, 189/SEC/25, 190/SEC/25, 191/SEC/25, todos de 27 de mayo de 2025 y Nº 223/SEC/25, de 17 de junio de 2025, todos del Honorable Senado; y, en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1. Que, con fecha 26 de marzo de 2025 fue publicada en el Diario Oficial la ley N° 21.735, que crea un nuevo Sistema Mixto de Pensiones y un Seguro Social en el pilar contributivo, mejora la Pensión Garantizada Universal y establece beneficios y modificaciones regulatorias que indica (en adelante indistintamente "la ley").
2. Que, el artículo 24 de la ley N° 21.735 crea el Fondo Autónomo de Protección Previsional (en adelante indistintamente el "Fondo" o "FAPP"), que tiene como objetivo financiar las prestaciones del Seguro Social Previsional, de acuerdo a dicha ley.
3. Que, el artículo 25 de la ley N° 21.735 señala que la administración del Fondo estará a cargo de un organismo autónomo (en adelante, e indistintamente, "organismo administrador", "ente administrador" y/o "administrador del Fondo"), de carácter técnico, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relacionará con el Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda. Al ente administrador le corresponderá realizar las funciones señaladas en dicho artículo y tendrá domicilio en la ciudad de Santiago.
4. Que, de acuerdo a lo dispuesto en al artículo 34 de la ley N° 21.735, la dirección superior del organismo administrador estará a cargo de un Consejo Directivo, constituido por cinco consejeros designados por el Presidente de la República, previo acuerdo del Senado, debiendo uno de sus integrantes ejercer la presidencia del mismo.
5. Que, para la designación de dichos consejeros, el Presidente de la República realizó una proposición unipersonal al Senado, quien se pronunció respecto de cada propuesta de manera separada, conforme a lo dispuesto en la ley.
6. Que, el artículo 37 de la ley indica que los consejeros durarán seis años en sus cargos pudiendo ser reelegidos para un nuevo periodo consecutivo por una sola vez, con la excepción del primer nombramiento el cual deberá ser por los periodos establecidos en el artículo undécimo transitorio de la ley.
7. Que, de acuerdo a lo señalado en el inciso sexto del artículo 35 la ley, en el nombramiento se deberá velar por que la conformación del Consejo Directivo sea paritaria, de manera que un sexo no supere al otro en más de uno, y equilibre los conocimientos y experiencia necesarios para el adecuado cumplimiento de las funciones y el ejercicio de las atribuciones del administrador del Fondo, en áreas tales como administración de cartera de inversiones, gestión de riesgos, regulación, sistema financiero, sistema de pensiones, macroeconomía u otras que se relacionen con aquellas.
8. Que, el Presidente de la República efectuó las propuestas unipersonales al Honorable Senado mediante los Oficios Gab. Pres Nºs. 442, 444, 445 y 446, todos de 30 de abril de 2025 y Nº 718, de 17 de junio de 2025 proponiendo, respectivamente, a: don Enrique Marshall Rivera, por el periodo de 6 años; don Rodrigo Caputo Galarce, por el periodo de 5 años, don Ricardo Matte Eguiguren por el periodo de 4 años, doña Soledad Huerta Casas, por el periodo de 3 años; y, doña Rosario Celedón Fórster, por el periodo de 6 años, las que contaron con el acuerdo del Senado, según consta en los Oficios Nºs. 187/SEC/25, 189/SEC/25, 190/SEC/25, 191/SEC/25, todos de 27 de mayo de 2025 y Nº 223/SEC/25, de 17 de junio de 2025, todos del Honorable Senado.
Decreto:
1. Desígnase como Consejeros y Consejeras del Consejo Directivo del Organismo Administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional, de la ley N° 21.735 a las siguientes personas:
a) A don Enrique Marshall Rivera, cédula de identidad N° 5.818.543-4, por el periodo de 6 años, a contar del 1 de agosto de 2025.
b) A don Rodrigo Caputo Galarce, cédula de identidad N° 11.646.501-9, por el periodo de 5 años, a contar del 1 de agosto de 2025.
c) A don Ricardo Matte Eguiguren, cédula de identidad N° 7.839.643-1, por el periodo de 4 años, a contar del 1 de agosto de 2025.
d) A doña Soledad Huerta Casas, cédula de identidad N° 8.011.298-K, por el periodo de 3 años, a contar del 1 de agosto de 2025.
e) A doña Rosario Celedón Förster, cédula de identidad N° 13.253.137-4, por el periodo de 6 años, a contar del 1 de agosto de 2025.
2. Desígnase Presidente del Consejo Directivo del Organismo Administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional a don Enrique Marshall Rivera, cédula de identidad N° 5.818.543-4, por un período de 3 años, a contar del 1 de agosto de 2025.
3. Establézcase que las personas individualizadas precedentemente y por razones de buen servicio, asumen sus funciones a partir de la fecha indicada en el numeral 1 precedente, sin esperar la total tramitación del presente acto administrativo.
4. Impútese, el gasto que origina este decreto al presupuesto del Administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional, con cargo al Fondo, de conformidad a lo dispuesto en al artículo 31 y decimocuarto transitorio de la ley N° 21.735.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Mario Marcel Cullell, Ministro de Hacienda.- Giorgio Boccardo Bosoni, Ministro del Trabajo y Previsión Social.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Heidi Berner Herrera, Subsecretaria de Hacienda.