Quinto: Reemplácese el Título XII del Reglamento Orgánico de la Superintendencia del Medio Ambiente, contenido en la resolución exenta Nº 1.338, de 7 de julio de 2025, por el siguiente:
   
    "TÍTULO XII
    OFICINA DE GESTIÓN ESTRATÉGICA
   
    Artículo 32º.- La Oficina de Gestión Estratégica estará a cargo de un/una Encargado/a, a quien le corresponde el cumplimiento de las siguientes funciones:
   
    a) Liderar la planificación y gestión estratégica de la Superintendencia, en apoyo a la Jefatura de Servicio, mediante el desarrollo y seguimiento de una estrategia institucional, y la articulación, coordinación y/o seguimiento de equipos de trabajo que se conformen, entre diferentes áreas de la institución, para abordar temas prioritarios, apoyando los procesos de innovación y/o la revisión y mejora continua de los procesos internos de la institución.
    a) Liderar o coordinar la implementación de políticas, estrategias y/u hojas de ruta específicas de la Superintendencia, que le sean mandatadas por la Jefatura del Servicio, manteniendo un control de la ejecución de acciones e indicadores que sean definidos.
    b) Generar o consolidar información estadística oficial acerca de la gestión institucional, con el fin de apoyar la toma de decisiones internas, elaborar informes periódicos y responder requerimientos de información provenientes de la Jefatura del Servicio o usuarios internos de la Superintendencia.
    c) Coordinar y mantener un seguimiento de la participación de la Superintendencia en instancias internacionales.
    d) Administrar un Sistema de Control de Gestión que permita el seguimiento de indicadores y metas estratégicas de la Institución, así como la elaboración de reportes de gestión que apoyen la toma de decisión de la Superintendencia.
    e) Administrar el sistema de incentivos en base a metas de gestión, calidad y servicio ligadas al desempeño institucional, asociado a la asignación de gestión definido en el Título III del decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2010, Minsegpres.
    f) Apoyar la formulación, acompañamiento y evaluación de los convenios de desempeño individual de los directivos asociados al Sistema de Alta Dirección Pública.
    g) Velar por el cumplimiento de lo establecido en el reglamento para la aplicación del artículo 12 letra a) de la Ley Orgánica de la Superintendencia o de la norma que la reemplace.
    h) Coordinar el Proceso de Gestión de Riesgos de la Superintendencia según las instrucciones del Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno, en coordinación con la Oficina de Auditoría Interna.
    i) Centralizar el registro de acciones de innovación que sean propuestas por las áreas de la Superintendencia, e impulsar el desarrollo de aquellas acciones que sean priorizadas por la Jefatura del Servicio.
    j) Apoyar a la División de Fiscalización en la planificación, elaboración y monitoreo de los programas y subprogramas de fiscalización, en el marco del Ciclo de Programación anual, en coordinación con las áreas de la Superintendencia que corresponda, según los lineamientos que defina la Jefatura de Servicio.
    k) Apoyar a Fiscalía en el seguimiento de nueva normativa que desarrolle el Ministerio del Medio Ambiente, o cualquier órgano de la Administración del Estado, y que tenga incidencia en las funciones de la Superintendencia, pudiendo coordinar la conformación de equipos de trabajo internos que permitan representar al Servicio en el análisis de aspectos legales, técnicos, financieros y de gestión estratégica.
    l) Asesorar a la Jefatura del Servicio en todas aquellas materias relacionadas al Acuerdo de Escazú, en coordinación con Fiscalía, así como apoyar la planificación y seguimiento de las acciones que permitan garantizar el cumplimiento del Plan Nacional de Implementación Participativa del Acuerdo de Escazú en el marco de las competencias de la Superintendencia, y la elaboración de respuestas frente a requerimientos sobre la materia.
    m) Apoyar al Departamento de Administración y Finanzas y demás áreas que corresponda, en la planificación, formulación y control del presupuesto institucional, verificando su consistencia con los instrumentos de gestión pública y ejes estratégicos definidos por la Superintendencia.
    n) Apoyar al Departamento de Administración y Finanzas en la planificación y seguimiento del proceso de capacitaciones realizadas en la Superintendencia.
    o) Apoyar al Departamento de Tecnología, Monitoreo e Información en la planificación y definición de la agenda de proyectos de tecnología, levantada desde las áreas de la Superintendencia, verificando su consistencia con los lineamientos estratégicos definidos por la Jefatura de Servicio y la eficiencia de los recursos disponibles.
    p) Evaluar la pertinencia de investigaciones académicas u otras colaboraciones por parte de personas externas a la institución, asegurando su alineación con los objetivos estratégicos del servicio y el resguardo de la información institucional.
    q) Mantener un registro actualizado de las instrucciones que sean generadas por las áreas de la Superintendencia, en especial la División de Fiscalización, División de Sanción y Cumplimiento y Fiscalía, y que sean relevantes en la definición de conceptos, criterios y/o lineamientos para el actuar diario del Servicio.
    r) Realizar cualquier otra actuación necesaria para el debido cumplimiento de las funciones que se le asignan y todas las demás que determine la Jefatura del Servicio.
   
    Artículo 33º.- La Oficina de Gestión Estratégica tendrá una Sección de Control de Gestión.
   
    Artículo 34º.- Derogado".
   
    Sexto: En todo lo no modificado por el presente acto administrativo se entenderá plenamente vigente la resolución exenta Nº 1.338, de fecha 7 de julio de 2025.