1º.- Modifícase el decreto supremo Nº 230, de 2025, del Ministerio de Energía, que otorgó a la empresa SAE Volcán Guallatiri SpA, concesión eléctrica definitiva para establecer las instalaciones correspondientes al proyecto de transmisión de energía eléctrica denominado "Línea de Transmisión 1x66 kV Paso Hondo - SAE Volcán Guallatiri", en la Región del Maule, provincia de Linares, comuna de Retiro, remplazando el inciso primero de su artículo 11º por el siguiente:
"Artículo 11º.- El plazo de inicio y término de las obras del proyecto, en cuanto a su duración será de seis (6) meses, considerando el inicio de ellas transcurridos diez (10) meses contados desde la publicación en el Diario Oficial del presente decreto, siendo el primer mes del cronograma, el mes (1) del inicio de las obras. Sin perjuicio de ello, las obras puedan iniciar su construcción en un plazo inferior a lo señalado, en el caso que se logre acuerdo voluntario con el propietario afectado."
2º.- Déjase presente que en todo lo no modificado expresamente por el presente acto administrativo, seguirán vigentes todas y cada una de las disposiciones del decreto supremo Nº 230, de 2025, del Ministerio de Energía.