RECTIFICA DECRETO QUE OTORGÓ CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE NANCAGUA

    Núm. 4 exento.- Santiago, 9 de enero de 2026.

    Vistos:

    a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante, la Subsecretaría;
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
    c) La Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
    d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
    e) La resolución exenta Nº 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora;
    f) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar "Por orden de la Presidenta de la República";
    h) La resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

    Considerando:

    a) La solicitud de rectificación, ingreso Subtel N° 106.670, de 23.09.2025, complementado mediante ingreso Subtel Nº 143.124, de 23.12.2025.
    b) Lo dispuesto en el artículo 62º de la ley Nº 19.880; y, en uso de mis atribuciones legales, dicto lo siguiente.

    Decreto:

    1. Rectifícase, en el punto 3. del decreto mencionado en la letra g) de los Vistos, que otorgó la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Nancagua, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, señal distintiva XQC-742, a Marlene Vicuña Guerrero E.I.R.L., RUT Nº 76.645.185-3, con domicilio en Avenida Cristóbal Colón Nº 5267, Dpto. 126, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en la tabla del arreglo de antenas, en el sentido siguiente:

    Donde dice:

- Arreglo de antenas de acuerdo a la siguiente tabla:


    Debe decir:

- Arreglo de antenas de acuerdo a la siguiente tabla:


    2. Es obligación de la concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos, normas técnicas y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean aplicables.

    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.-  Por orden del Presidente de la República, Jorge Daza Lobos, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones (S).