DISPONE INICIO DE PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN PARCIAL DE LICITACIÓN PÚBLICA: SERVICIO DE PROVISIÓN DE PRÓTESIS DENTALES
Núm. 5.801 exento.- Purranque, 30 de diciembre de 2025.
Vistos:
. El decreto alcaldicio N° 3.699 de fecha: 29 de agosto de 2025, que Aprueba Bases y Llama a Licitación Pública: Servicio de Provisión de Prótesis Dentales.
. El decreto alcaldicio N° 4.476 de fecha: 16 de octubre de 2025, que adjudica Licitación Pública: Servicio de Provisión de Prótesis Dentales, a la oferente: Daniela Carolina Vargas Asenjo, RUT: 18.131.281-5, por un monto de $45.000.000.- (cuarenta y cinco millones) exento de impuestos.
. Las Bases Administrativas de la Licitación Pública: Servicio de Provisión de Prótesis Dentales.
. Las Bases Técnicas de la Licitación Pública: Servicio de Provisión de Prótesis Dentales.
. Las Actas de Apertura y Evaluación de la Licitación Pública: Servicio de Provisión de Prótesis Dentales, que establece como sugerencia de adjudicación a la oferente: Daniela Carolina Vargas Asenjo, RUT N° 18.131.281-5.
. Los Reclamos ID INC-1198547-J8J5D9 e ID INC-1198510-N0P8J0, de fecha: 06-10-2025, a través del Sistema de Información: www.mercadopublico.cl
. El ordinario N°: 01 de 8 de octubre de 2025, remitido por la Comisión Evaluadora de la Licitación Pública ID-584146-16-LP25.
. Lo dispuesto en la Ley 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
. El Reglamento N° 12/2025, que Reglamenta Subrogancia de Directores, Directoras; Jefaturas de Departamentos y Unidades Municipales.
Considerando:
. Que con fecha 1 de septiembre de 2025, se publica a través del Sistema de Información: www.mercadopublico.cl la Licitación Pública: Servicio de Provisión de Prótesis Dentales, con fecha de cierre el 22 de septiembre de 2025, evaluándose las ofertas el día 1 de octubre de 2025, proponiéndose adjudicar a la Licitación al Oferente: Daniela Carolina Vargas Asenjo, RUT: 18.131.281-5.
. En razón de lo anterior, con fecha: 16 de octubre de 2025, mediante decreto alcaldicio N° 4.476, se adjudica la Licitación Pública: Servicio de Provisión de Prótesis Dentales a Daniela Carolina Vargas Asenjo, RUT: 18.131.281-5, por un monto de $45.000.000.- (cuarenta y cinco millones de pesos) exento de impuestos.
. Que, con fecha: 15 de septiembre de 2025, a través del oficio N° E134466/2025, la Contraloría Regional de Los Lagos instruye que "la autoridad administrativa inicie el proceso de invalidación, con el fin de retrotraerlo hasta la etapa de evaluación de las ofertas y subsane la irregularidad detectada".
. Que, el artículo 53 de la ley 19.880, contempla la figura de la invalidación, disposición legal que establece: "La autoridad administrativa podrá, de oficio o a petición de parte, invalidar los actos contrarios a derecho, previa audiencia del interesado, siempre que lo haga dentro de los dos años contados desde la notificación o publicación del acto. La invalidación de un acto administrativo podrá ser total o parcial. La invalidación parcial no afectará las disposiciones que sean independientes de la parte invalidada. El acto invalidatorio será siempre impugnable ante los Tribunales de Justicia, en procedimiento breve y sumario".
Decreto alcaldicio:
1. Iníciese, el Proceso de Invalidación, conforme lo establece el artículo 53 de la ley Nº 19.880, del decreto alcaldicio Nº 4.476 de fecha: 16 de octubre de 2025, que adjudica la Licitación Pública: Servicio de Provisión de Prótesis Dentales, a la Oferente: Daniela Carolina Vargas Asenjo, RUT: 18.131.281-5, por un monto de $45.000.000.- (cuarenta y cinco millones de pesos), exento de impuestos.
2. Suspéndase, los efectos del decreto alcaldicio N° 4.476 de fecha: 16 de octubre de 2025, mientras dure el proceso invalidatorio.
3. Notifíquese, el presente decreto alcaldicio personalmente o por carta certificada por parte de la Secretaria Municipal de Purranque y del SubDirector Administrativo del Departamento de Salud, o quien los subrogue, a doña Daniela Carolina Vargas Asenjo, RUT: 18.131.281-5, en su domicilio comercial y a los terceros interesados directa e indirectamente, tal como el reclamante, Marcelo Andrés Soto Bujes.
4. Concédase, el plazo de diez días hábiles a los interesados, a fin de que puedan realizar sus descargos al presente decreto alcaldicio, a contar desde la fecha de notificación, remitiendo sus descargos al correo electrónico asesoria.juridica@purranque.cl o entregando físicamente éstos en la Oficina de Partes de la Ilustre Municipalidad de Purranque.
5. Publíquese, la presente resolución en la página web de la Municipalidad y en el Diario Oficial de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 48 de la ley N° 19.880.
6. Déjese, sin efecto el decreto alcaldicio N° 5.686 de fecha 22 de diciembre de 2025.
Anótese, regístrese, comuníquese, publíquese en el portal www.mercadopublico.cl y archívese.- Alicia Villar Vargas, Alcaldesa.- Harry Junginger Garay, Secretario Municipal Suplente.