DECLARA ZONA DE INTERÉS TURÍSTICO ISLA DE MAIPO
Núm. DEXE202600009 exento.- Santiago, 8 de enero de 2026.
Visto:
Lo dispuesto en la ley N° 19.880, que Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; la ley N° 20.423, del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo; en el decreto supremo N° 30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el acuerdo N° 1.1 del Acta de la sesión ordinaria N° 31 del Comité de Ministros del Turismo, de fecha 4 de diciembre de 2025; y en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la ley N° 20.423, los territorios que posean condiciones especiales para la atracción turística y que requieran medidas de conservación y de una planificación integrada para promover las inversiones del sector privado en dicho territorio, podrán ser declaradas Zonas de Interés Turístico.
2. Que, mediante resolución exenta N° 202400391, del 18 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría de Turismo, se admitió a tramitación la solicitud de Zona de Interés Turístico "Isla de Maipo", cumpliéndose con la etapa de consulta pública dispuesta en los artículos 10 y siguientes del decreto supremo N° 30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
3. Que, tanto el Servicio Nacional del Turismo como la Ilustre Municipalidad de Isla de Maipo, emitieron los informes a los que alude el artículo 13 de la ley N° 20.423 para la declaración de una Zona de Interés Turístico.
4. Que, mediante resolución exenta N° 202500061, de 25 de marzo de 2025, de la Subsecretaría de Turismo, se inició la formulación del Plan de Acción de la Zona de Interés Turístico "Isla de Maipo".
5. Que, según dispone el artículo 8°, numeral 7), de la ley N° 20.423, corresponde al Comité de Ministros del Turismo declarar las Zonas de Interés Turístico.
6. Que, según consta en el Acta de la sesión ordinaria N° 31 del Comité de Ministros del Turismo, de fecha 4 de diciembre de 2025, mediante acuerdo N° 1.1, dicha instancia aprobó por unanimidad la solicitud de declaratoria de Zona de Interés Turístico para el territorio conformado por parte de la comuna de Isla de Maipo, Región Metropolitana, así como su respectivo Plan de Acción.
7. Que, habiéndose dado cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria respectiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del decreto N° 30, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, corresponde a esta Secretaría de Estado, mediante decreto supremo suscrito por orden del Presidente de la República, declarar la Zona de Interés Turístico respectiva.
Decreto:
Artículo primero: Declárase como Zona de Interés Turístico "Isla de Maipo" al territorio perteneciente a la comuna de Isla de Maipo, de la Región Metropolitana, cuyo polígono georreferenciado es el siguiente:

Artículo segundo: Los límites del territorio de la Zona de Interés Turístico "Isla de Maipo" están determinados por los siguientes vértices con sus coordenadas geográficas referenciales:

Artículo tercero: Publíquese el polígono y las coordenadas geográficas oficiales de todos los vértices de la Zona de Interés Turístico "Isla de Maipo" en formatos disponibles "shapefile" o "KMZ" en la página institucional, www.subturismo.gob.cl, quedando a disposición del público para consultas a partir de la dictación del presente acto.
Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Álvaro García Hurtado, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.