Quinto: Modifícase el decreto supremo N° 13T, de 2022, del Ministerio de Energía, de acuerdo con lo que a continuación se indica, a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente acto administrativo:
1° En el resuelvo 1°, reemplácese íntegramente la fila N° 12 de la tabla 1, por la siguente nueva:

2° En el resuelvo 3°, reemplácese íntegramente la fila N° 12 de la tabla indicada en dicho resuelvo, por la siguiente nueva:

3° En el resuelvo 4°, reemplázase el párrafo segundo, inmediatamente posterior a la última fórmula de indexación del párrafo primero, por el siguiente nuevo:
"La fórmula de indexación del V.I. de las obras 'Ampliación en S/E Pichirropulli (RTR ATMT)', 'Ampliación en S/E Temuco (NTR ATMT)', 'Ampliación en S/E Chiloé y tendido segundo circuito Línea 2x220 kV Nuevo Ancud - Chiloé' y 'Aumento de Capacidad Línea 1x66 kV Santa Elvira - Tap El Nevado' fijados en los términos establecidos en el presente acto administrativo será la siguiente:
