Artículo 11. Estados financieros trimestrales y anuales. El estado financiero corresponde a un informe que detalla la situación financiera de una entidad, debiendo incluir un balance, estado de resultados, estado de flujo de efectivo, análisis razonado de los estados financieros y demás requisitos que establezca la respectiva entidad de control y/o Normativa Internacional de Información Financiera (IFRS).
Dichos antecedentes deberán informarse en un ítem especialmente creado al efecto, en el que se deberá disponer la siguiente información:
a) Trimestre y año al que pertenece el estado financiero informado;
b) Enlace al texto íntegro del balance general;
c) Enlace al texto íntegro del estado de resultados;
d) Enlace al texto íntegro del estado de flujo de efectivo; y
e) Enlace al texto íntegro de las notas explicativas y otros anexos complementarios que formen parte integrante de los estados financieros o, en caso de que hayan adoptado las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS), enlace al texto íntegro de los documentos que los reemplacen.