MODIFICA DECRETO Nº 92 EXENTO (V. Y U.), DE 2025 QUE APRUEBA PROGRAMA DE EXPROPIACIONES DE TERRENO DESTINADO A LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO "CONSTRUCCIÓN PARQUE LA RUFINA, CHILLÁN", EN LA COMUNA DE CHILLÁN, DE LA REGIÓN DE ÑUBLE, PARA EL AÑO 2025 Y SIGUIENTES
   
    Santiago, 26 de enero de 2026.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 4 exento.
    Visto:
   
    a) El artículo 51 de la ley Nº 16.391; el Nº 1.9 de la parte l del artículo 1º del DS Nº 153 (V. y U.), de 1983;
    b) La resolución exenta Nº 14.464 (V. y U.), de 2017, que establece criterios y procedimientos para la adquisición, administración y enajenación de inmuebles de propiedad Serviu;
    c) El decreto exento Nº 92 (V. y U.), de 2025 que aprueba programa de expropiaciones de terreno destinado a la implementación del proyecto denominado "Construcción Parque La Rufina, Chillán", en la comuna de Chillán, de la Región de Ñuble, para el año 2025 y siguientes;
    d) El oficio Ord. Nº 68, de fecha 8 de enero de 2026, del Director del Serviu Ñuble, mediante el cual solicita la modificación del decreto singularizado precedentemente, y
    e) La resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República.
   
    Considerando:
   
    1. Que, mediante el decreto exento singularizado en el Visto c) de este decreto, se aprobó por parte del Ministro de Vivienda y Urbanismo el programa de expropiaciones sobre un terreno de la comuna de Chillán, identificado con el Nº de Rol SII 02212-00687, destinado a la ejecución del Proyecto "Construcción Parque La Rufina, Chillán", para el año 2025 y siguientes, código BIP 40051768-0, que tendrá como finalidad la construcción de un parque urbano en la comuna de Chillán, según lo detallado en los considerandos 1. y 2. de ese decreto y plano de expropiación singularizado en el Visto f) del mismo decreto.
    2. El inmueble sobre el cual recae el programa de expropiaciones antes detallado, conforme al numeral 1 del decreto antes singularizado es:
   
   
    3. Que, por medio del oficio del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Ñuble, singularizado en el Visto d) de este decreto, se solicitó a esta Cartera de Estado la modificación al decreto exento que aprobó el programa de expropiaciones ya referido, por las siguientes consideraciones: los antecedentes técnicos preparados por el Serviu Ñuble que fundamentaron el programa de expropiaciones hicieron mención solo a la superficie de terreno a edificar, que asciende a 152.171,459 m², y que incluye todas las edificaciones existentes en el mismo. No obstante, el Serviu Ñuble no tiene el detalle de la superficie edificada a expropiar que incluye el terreno en cuestión, por lo que no procede que el decreto haya indicado que la superficie edificada a expropiar sea "0 m²". El dato señalado solo podrá ser determinado una vez que el Serviu pueda ingresar a la propiedad y practique los peritajes correspondientes.
    4. Que el numeral 4.2. de la resolución exenta Nº 14.464 (V. y U.), de 2017 que establece criterios y procedimientos para la adquisición, administración y enajenación de inmuebles de propiedad Serviu, no exige explícitamente que se indique la superficie edificada en el inmueble a expropiar, si no que dispone que el Serviu deberá indicar en su informe "al menos la superficie" del inmueble a expropiar, refiriéndose con eso al terreno, razón por la que dicto el siguiente
   
    Decreto:

   
    1. Modifíquese el decreto exento Nº 92 (V. y U.), de 2025 que aprueba el programa de expropiaciones para la ejecución del Proyecto "Construcción Parque La Rufina, Chillán", para el año 2025 y siguientes, en el sentido de reemplazar la tabla consignada en el numeral 1. por la siguiente tabla:
   
   
    2. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial y en un periódico de la provincia de Diguillín, si lo hubiere.
   
    Anótese, notifíquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.