La presente ley tiene por objeto otorgar un reajuste general de un 3,4% en las remuneraciones de las trabajadoras y de los trabajadores del sector público, estableciendo un incremento de un 2,0% a contar del 1 de diciembre de 2025 y un reajuste adicional del 1,4% a partir del 1 de junio de 2026, aplicable a las también a las asignaciones y demás retribuciones en dinero, imponibles o no imponibles, en los términos que señala. Asimismo, concede diversos beneficios económicos, tales como aguinaldos de Fiestas Patrias y de Navidad, un bono de invierno para pensionadas y pensionados, bonos especiales, bonos mensuales para trabajadores de menores ingresos y asignaciones específicas para determinados estamentos y servicios públicos, estableciendo los montos, condiciones y requisitos para su otorgamiento. La ley contempla, además, disposiciones especiales en materias de bonificaciones por retiro voluntario, remuneraciones mínimas, asignaciones sectoriales, modalidades excepcionales de jornada y registro horario, y normas transitorias destinadas a asegurar la continuidad del servicio público. Para el cumplimiento de estos objetivos, la ley modifica una serie de cuerpos legales, entre ellos normas sobre empleo público, educación, salud, previsión social y municipalidades, así como otras disposiciones de carácter administrativo y sectorial, incluyendo una prórroga a la vigencia de licencias de conducir que vencían el año 2025, y establece las reglas relativas a su financiamiento con cargo al presupuesto fiscal, conforme a lo que en ella se dispone.
    Artículo 9.- Modifícase a contar del 1 de enero de 2026 la ley N° 20.924 en el sentido que a continuación se indica:
   
    1. Reemplázanse en el inciso primero del artículo 1 las siguientes expresiones:
   
    a) "el año 2025" por "el año 2026".
    b) "1 de enero de 2024" por "1 de enero de 2025".
    c) "$1.004.657", las dos veces que aparece, por "$1.038.815".
    d) "$1.162.531" por "$1.202.057".
   
    2. Reemplázanse en el inciso primero del artículo 2 las siguientes expresiones:
   
    a) "$257.507" por "$266.262".
    b) "de agosto de 2025" por "de agosto de 2026".
   
    3. Reemplázase en el artículo 3 la expresión "Durante el año 2025" por "Durante el año 2026".