1°.- Modifícase el decreto exento N° 190, de 2025, del Ministerio de Energía, que otorgó a la empresa Doña Graciela Solar SpA, concesión eléctrica definitiva para establecer las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Línea de transmisión Santa Graciela - Montenegro 1x66 kV", en la Región de Ñuble, provincia de Diguillín, comuna de San Ignacio, remplazando el inciso 1° de su artículo 11° por el siguiente:
   
    "Artículo 11°.- El plazo de construcción de las obras para la línea será de 8 meses, contados desde el inicio de los trabajos hasta su terminación. El plazo de 8 meses comenzará a transcurrir cumplidos 36 meses desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto.".
   
    2°.- Déjase presente que en todo lo no modificado expresamente por el presente acto administrativo, seguirán vigentes todas y cada una de las disposiciones del decreto exento N° 190, de 2025, del Ministerio de Energía.