MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.014 EXENTA (V. Y U.) DE 2025, QUE APRUEBA PROCEDIMIENTO DE PAGO DE SUBSIDIOS Y PRÉSTAMOS PARA EL FINANCIAMIENTO DE LAS OBRAS DE PROYECTOS, EN LA MODALIDAD DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS, DEL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011
   
    Santiago, 27 de enero de 2026.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 138 exenta.
   
    Visto:
    a) La Ley Nº 16.391, que Crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y sus modificaciones;
    b) El decreto ley Nº 1.305, de 1975, que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;
    c) El DFL Nº 1/ley Nº 19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
    d) La Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado;
    e) El DFL Nº 29 (H.), de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo;
    f) La Ley Nº 21.450, de 2022, sobre Integración Social en la Planificación Urbana, Gestión de Suelo y Plan de Emergencia Habitacional;
    g) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    h) La resolución exenta Nº 1.014, (V. y U.), de 2025, que aprueba el procedimiento de pago de subsidios y préstamos para el financiamiento de las obras de proyectos, en la modalidad de construcción de viviendas, del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por DS Nº 49, (V. y U.), de 2011;
    i) La resolución Nº 36, de fecha 19 de diciembre de 2024, que fija normas sobre la exención del trámite de toma de razón, de la Contraloría General de la República; y
    Considerando:
    a) La existencia de procedimientos de pago documentados y acreditados en algunos Serviu, que aseguran procesos de pagos eficiente, ágiles y oportunos, con los que se da cumplimiento al objeto final del procedimiento de pago aprobado por la resolución exenta citada en el resuelvo h), dicto la siguiente
    Resolución:

    1. Modifícase la resolución exenta Nº 1.014, (V. y U.), de 2025, en el sentido de agregar, en su resuelvo 2., a continuación del punto aparte, la siguiente frase: "Excepcionalmente, los Serviu que cuenten con un procedimiento de pago debidamente documentado y acreditado podrán mantenerlo, debiendo remitir a la Subsecretaría dicho procedimiento, incluyendo su flujo y la descripción de las etapas, roles y responsabilidades. Asimismo, deberán informar semestralmente a la Subsecretaría sobre los resultados de su aplicación.".
    2. Se deja constancia que la presente resolución exenta no irroga gastos para el presupuesto de este Ministerio.
    Anótese, publíquese y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.

    PROCEDIMIENTO DE PAGO DE SUBSIDIOS Y PRÉSTAMOS DEL DS Nº 49, MODALIDAD CONSTRUCCIÓN, V.01
    1. OBJETIVO
    Este documento establece directrices a nivel nacional para realizar el Pago de Subsidios y Préstamos del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, regulado por DS 49 (V. y U.) de 2011, en la Modalidad Proyectos de Construcción de Viviendas, de manera oportuna y eficiente.
    2. ALCANCE
    Este procedim iento abarca el proceso de pago de Subsidios del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, según el DS 49 (V. y U.) de 2011, Modalidad proyectos de construcción, desde la solicitud de pago por parte de la Empresa Constructora o de la Entidad Patrocinante, hasta el pago del beneficio. Es aplicable en los 16 Ser vicios de Vivienda y Urbanización (Serviu) y en la Subsecretaría de Vivien da y Urbanismo.
    3. SIGLAS Y DEFINICIONES
   

    4. ROLES Y RESPONSABILIDADES DE FUNCIONARIOS Serviu
   

    5. DESCRIPCIÓN
    El Proceso de Gestión de Pago de Subsidios del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda se puede dividir en cuatro etapas:
   
    5.1 Solicitud de Pago
    La solicitud de pago debe ser ingresada en Serviu, por la Empresa Constructora o la Entidad Patrocinante, de acuerdo al Formulario "Solicitud de Pago Construcción" y la Lista de Verificación correspondiente al pago solicitado (Ver Anexos 1 y 2), la que debe venir acompañada de los antecedentes que respalden la solicitud.
    Cada Serviu debe definir dentro de su estructura interna por resolución, la ventanilla única que recibirá la solicitud de pago de subsidios, estableciendo área y responsable de recepcionar la Solicitud (titular y dos suplentes), considerando la presentación de esta de manera presencial.
    La Solicitud de Pago debe ir dirigida a la Jefatura del Departamento Técnico del Serviu, y estar firmada por el representante legal de la Empresa Constructora y validada por la Entidad Patrocinante.
    1. Quien recepciona la solicitud deberá revisar, el mismo día de su ingreso, que la Solicitud de Pago cuente con toda la documentación requerida, de acuerdo con la normativa del DS Nº 49, (V. y U.), de 2011 y el subsidio se encuentre vigente. Si la carpeta no cuenta con todos los antecedentes no será recibida.
    Si el subsidio no se encuentra vigente, deberá informar a Jefatura de OOHH para su gestión de acuerdo con lo establecido en los artículos 28 y 64 del DS Nº 49, (V. y U.), de 2011.
    2. Una vez constatado que la solicitud cuente con todos los antecedentes requeridos para la gestión de pago, quien recepciona la Solicitud de Pago la deberá ingresar al sistema OFPA dentro del mismo día hábil, incluyendo en la materia en forma obligatoria, el texto "SOLICITUD PAGO CONSTRUCCIÓN DS Nº 49" para de esta forma poder realizar la trazabilidad del proceso. La Solicitud de Pago se derivará al Supervisor Técnico del proyecto, con copia para conocimiento de la Jefatura del Departamento Técnico en cada región.
    3. Finalmente, el/la receptor/a de la solicitud deberá registrarla en la Planilla de Seguimiento Transversal, compartida por todos los actores del proceso, con la información requerida. La Planilla de Seguimiento Transversal deberá ser provista y administrada por cada Servicio para registrar en ella los hitos de cada solicitud de pago.
    5.2 Validación Técnica de Solicitud de Pago (Avance/Término de Obra)
    1. El Supervisor Técnico del proyecto verificará que la "Solicitud de Pago" corresponda al formato establecido y que todos los antecedentes de respaldo sean consistentes entre sí.
    2. En caso de que no se cumpla con lo definido en este punto se devolverán los antecedentes a la Empresa Constructora, quien deberá ingresarlos nuevamente a través de la ventanilla única de solicitud de pago de subsidios. El Plazo para revisar los Antecedentes es de dos días hábiles.
    3. Con posterioridad, evaluará los antecedentes ingresados y revisará en los Sistemas MUNIN o Trazabilidad, el estado de avance de la obra correspondiente a la solicitud de pago presentada por la empresa, considerando la información ingresada por el FTO, dejando respaldo de dicha revisión en la carpeta de control del proyecto que este lleva. Se deberá tener en consideración el Anexo Nº 3, referido al Proceso de Inspección y Validación Técnica de Avance de Obra que se realiza en forma previa.
    Si corresponde al primer pago, el Supervisor Técnico del proyecto revisará, la/s Resolución/es de Asignación, el documento de garantía, el Contrato y la fecha de vigencia del subsidio, tanto en el fondo como en su forma. De existir dudas evaluará el avance real con el FTO, pudiendo visitar la obra de estimarlo necesario.
    4. De estar los antecedentes en regla, el Supervisor firmará la Solicitud de Pago en un plazo de tres días hábiles y lo derivará vía sistema OFPA a la Jefatura de la prorrogado, Unidad de Inspección de Obras o similar, para su firma, quien, a su vez, lo derivará dentro del plazo de dos días hábiles a la jefatura del Departamento Técnico.  Previo a este acto, registrará validación técnica del pago en específico y fecha de envío a OOHH, en Planilla de Seguimiento Transversal.
    5. La Jefatura del Departamento Técnico revisará los antecedentes y, de estar conforme, los aprobará dentro del plazo máximo de dos días hábiles.
    Hecho lo anterior, derivará la solicitud vía Sistema OFPA a la Jefatura del Departamento de OOHH y Ejecutivo de Pago y les informará además vía correo electrónico con copia al responsable de Recepción de Solicitud de Pago. (Ventanilla única).
    6. El/la Responsable de Recepción de Solicitud de Pago (Ventanilla única) informará vía correo electrónico a la Entidad Patrocinante y/o Empresa Constructora que cuenta con el VºBº Técnico, iniciándose el proceso de autorización de pago.
    Cabe destacar que para aquellos casos en que sea necesario visitar las obras, cuando se tenga dudas en el avance o si se solicita el pago respecto de avances no acreditados aún por el supervisor, el plazo máximo del proceso total en el Departamento Técnico no podrá exceder los 12 días hábiles.
    5.3 Autorización de Pago
    1. La Jefatura del Departamento de OOHH (Jefe de Pago) o en quien se haya delegado esta función y el Ejecutivo de Pago, recibirán los antecedentes por sistema OFPA y los derivará al Ejecutivo de Pago dentro del plazo de 2 días hábiles.
    2. El Ejecutivo de Pago verificará que el Proyecto se encuentre cargado en SPS, de no estarlo, procederá a cargarlo. Luego verificará que los montos del proyecto en Sistema SPS coincidan con la Solicitud de Pago, la Resolución de Asignación del Subsidio y el Contrato vigente (contrato y sus modificaciones). De existir diferencias en los datos del Sistema SPS y/o RUKAN, se emitirá una solicitud de corrección dirigida a la División de Informática del MINVU, a través de la mesa de ayuda.
    A continuación, se detallan los incidentes más frecuentes que se producen, y los documentos requeridos para su atención y resolución. El plazo máximo comprometido por la División Informática para resolver los incidentes es de diez (10) días:
   

    NO SE ACEPTARÁN INCIDENTES CUYO ERROR QUE SE QUIERE CORREGIR SE FUNDAMENTE EN PROBLEMAS DE CUADRATURA UMBRAL PUES EXISTE EL MÓDULO HABILITADO P ARA QUE NO OCURRA.
    Si el equipo de la División de Informática no ha podido resolver el incidente reportado en el plazo de 10 días hábiles, entonces la región puede realizar el pago a través de RPM, previa autorización de DPH y, posteriormente lo debe regularizar en el sistema SPS, en un plazo no superior a 30 dias corridos.
    3. Una vez que la información es coincidente, y dentro del plazo de dos días hábiles, el Ejecutivo de Pago procederá a revisar el cumplimiento de los requisitos normativos para pago establecidos en el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, teniendo especial cuidado en revisar la vigencia de los Subsidios (art. 28), solicitando a el/la Directora/a las prórrogas (art. 64) para que los subsidios se encuentren vigentes en el pago final:
    a) Si se da cumplimiento a los requisitos normativos y considerando Resolución Anual Presupuestaria de esta línea de Subsidio, se procederá a Generar la Solicitud de Pago en SPS, la que luego será revisada por el Supervisor de Pago quien tendrá dos días hábiles para verificar la existencia de retenciones y/o cesiones de crédito y/o mandatos con el Departamento Jurídico. De existir alguna de estas situaciones, se incluirán como Nota en el registro Autorización de Pago.
    Una vez emitida la Autorización de Pago se entregarán los antecedentes para revisión de la Jefatura del Departamento de OOHH o en quien se haya delegado esta función, la que deberá en un plazo de dos días hábiles, revisar y dar su aprobación en el sistema que se disponga al efecto.
    Una vez aprobada se envía a contabilidad vía sistema OFPA, en el plazo de un día.
    b) U na vez aprobada se registra autorización del pago en Planilla de Seguimiento Transversal y se envía a contabilidad vía sistema OFPA, en el plazo de un día hábil y se le informa por correo electrónico, con copia al responsable de Recepción de Solicitud de Pago. (Ventanilla única).
    c) El/la Responsable de Recepción de Solicitud de Pago (Ventanilla única) informará vía correo electrónico a la Entidad Patrocinante y/o Empresa Constructora que cuenta con el VºBº de OOHH, iniciándose el proceso de pago en Finanzas.
    d) De existir incumplimiento de la normativa, la Jefatura del Departamento de OOHH o en quien se haya delegado esta función, evaluará dicha situación y lo derivará por sistema OFPA a quien corresponda para su resolución.
    5.4 Pago
    1. La Solicitud de pago autorizada por el Departamento de OOHH, ingresará a través del sistema OFPA al Departamento/sección de Contabilidad perteneciente al Depto. de Finanzas al Analista Contable con copia a su Jefatura.
    2. El/la Analista Contable a cargo de procesar las órdenes de pago revisará los antecedentes en base a la Lista de Verificación, y de tener observaciones las comunicará en un plazo de 2 días hábiles mediante sistema OFPA al Departamento de OOHH para su subsanación.
    3. E n caso de no existir observaciones y que la orden de pago no indique un mandato asociado, el Departamento Jurídico deberá consultar el registro de mandatos o cesiones de créditos que a la fecha han sido informados. De existir dudas respecto a la información en consulta, se enviará correo electrónico con los antecedentes que originan la duda al analista del Depto. Jurídico que tiene la función de análisis y registro de estos documentos. Toda esta etapa se deberá cumplir en un plazo de dos días hábiles.
    4. Concluida la etapa anterior, y de estar en regla, el Analista Contable respaldará la solicitud de caja semanal y en forma paralela solicitará la factura a la empresa constructora e inyectará archivo XML a SIGFE.  Una vez que el pago está en condiciones de ser procesado, sin ningún tipo de observación, se respaldará en SPS según sea el caso, para que sea considerado en la solicitud de caja semanal más próxima 1 . Sólo en casos debidamente autorizados por DPH, se podrá hacer uso de Registros de Pago Manual (RPM).
    5. El Analista Contable en el módulo de finanzas de SPS-SPP, marca registro de XML para cambiar estado e inyectarlo en SIGFE. Luego de lo anterior, la marca del Beneficio de Pago anticipado en RUKAN se genera de manera automática.
    6. Por otro lado, una vez que llega la factura, previamente solicitada vía correo electrónico a la constructora, en un plazo de un día hábil el Analista Contable enviará los antecedentes a Tesorería para gestionar el Pago.
    7. Una vez que el pago es recibido en Tesorería, se preparará el pago mediante transferencia electrónica, con un plazo de 1 día hábil.
    8. La transferencia será revisada por el Encargado de la Sección de Contabilidad y posteriormente firmada y autorizada electrónicamente en el portal del Banco Estado por dos apoderados debidamente autorizados. Este paso debe ser cumplido en un día hábil.
    9. Una vez realizada la transferencia se registra operación en Planilla de Seguimiento Transversal y se envía en el plazo de un día correo electrónico al responsable de Recepción de Solicitud de Pago (Ventanilla única).
    10. Una vez realizada la transferencia el/la Responsable de Recepción de Solicitud de Pago (Ventanilla única) informará vía correo electrónico a la Entidad de Gestión Rural y/o Empresa Constructora la finalización del proceso.
    5.5 Seguimiento y Control
    El seguimiento del proceso le corresponderá al Departamento de Programación y Control de Serviu, quien deberá velar por el cumplimiento de este procedimiento, su trazabilidad y plazos establecidos. Deberá emitir informes trimestrales de la implementación de este procedimiento para revisión de el/la Director/a del Servicio.
    Este informe debe contener al menos:
    - Cumplimiento de las etapas establecidas en el procedimiento.
    - Incumplimientos o dificultades en la implementación del procedimiento.
    - Tiempos por área.
    - Tiempo total del proceso desde el ingreso de la solicitud hasta el pago.
    6. ANEXOS
    ANEXO 1: Formularios 1 y 2 Solicitud de Pago Construcción
    ANEXO 2: Lista de Verificación Solicitud de Pago Construcción

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(1) Nota: Las solicitudes de caja se realizan el primer día hábil de cada semana y la remesa se abona en la cuenta bancaria del Servicio, el último día hábil de la semana en curso.
Se debe tener presente que, si una orden de pago es respaldada el segundo día hábil de una semana, será considerada en la solicitud de caja para la siguiente semana, por lo que el plazo de pago se extenderá en/a 11 días corridos.
    7. REFERENCIAS
    - DS Nº 4 9 (V. y U.), de 2011
    - DS Nº 85 (V. y U.), de 2007, Manual de Inspección Técnico de Obra.
    8. CONTROL DE REGISTROS
   

    ANEXO 1: FORMULARIOS 1 Y 2, SOLICITUDES DE PAGO CONSTRUCCIÓN